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REPORTE DE SESIÓN PÚBLICA

14/julio /2004 / Sala Superior 31/2004

México, D.F.

  • Resuelven Magistrados Asuntos de los Estados de Durango, Chiapas, Aguascalientes, Morelos, Veracruz, Oaxaca y Nayarit
  • Reenvían al IFE Expediente del Partido Alianza Social

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación resolvió este día dos recursos de apelación interpuestos en contra de resoluciones del Instituto Federal Electoral, así como diversos juicios promovidos en los estados de Durango, Chiapas, Aguascalientes, Morelos, Veracruz, Oaxaca y Nayarit.

Respecto de los dos recursos de apelación (RAP), uno presentado por el extinto Partido Alianza Social, motivado por la fiscalización realizada por el Instituto Federal Electoral respecto de los informes de ingresos y egresos del 2003, el pleno del TEPJF determinó dejar intocadas las sanciones que no fueron impugnadas; confirmar 15 sanciones; y dejó intocado el hecho de que el Instituto Federal Electoral diera vista a la Procuraduría General de la República. Por unanimidad de votos, se modificó el acuerdo del IFE, se revocó la individualización de dos sanciones y se reenvío el asunto al Consejo General del IFE, para efecto de que a través del procedimiento interno que corresponda, se pronuncie nuevamente y emita una nueva decisión.

En lo que toca al recurso presentado por la Agrupación Política Nacional "Movimiento Nacional de Organización Ciudadana", respecto del financiamiento público para el apoyo de sus actividades editoriales, de educación y capacitación política e investigación socioeconómica y política, los magistrados electorales modificaron el acuerdo del IFE sobre el financiamiento público correspondiente a la parte proporcional del ejercicio de 2004 para el apoyo a las agrupaciones políticas. Se dejó firme la parte del acuerdo en relación con las investigaciones tituladas "Promoción del Comercio Exterior Mexicano", "Las Ferias Mexicanas como Mecanismo del Comercio Internacional", y "El Servicio Exterior Mexicano y su Función Administrativa", y se ordenó el reenvío a la autoridad electoral para que proceda en plenitud de sus atribuciones a realizar un estudio exhaustivo e individualizado de todos y cada uno de los trabajos de investigación que presentó la agrupación política y, en su caso, resuelva, en plenitud de sus atribuciones y de manera fundada y motivada, si dichos trabajos reúnen o no los requisitos previstos en la norma y, en consecuencia, si procede o no el pago del financiamiento público reclamado.

En virtud de que se presentaron agravios infundados en una parte e inoperantes en otra, los magistrados confirmaron una resolución de la Sala "A" del Tribunal Electoral del Poder Judicial del Estado de Chiapas. Dicha resolución aprobó el registro de la coalición "Alianza para Todos", integrada por los partidos Revolucionario Institucional y Verde Ecologista de México para postular candidatos en diversos municipios de la entidad.

Debido a que se impugnaron actos no susceptibles de reparación, la Sala Superior del TEPJF desechó dos juicios promovidos en el estado de Durango. Ambos asuntos estaban relacionados con el registro de candidatos y la impresión de boletas electorales.

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación confirmó el acuerdo del Consejo Electoral Distrital XII de Aguascalientes, en el que se aprobó el registro de la fórmula de candidatos del Partido Acción Nacional para la elección de diputado de mayoría relativa.

Respecto al estado de Nayarit, en la sesión presidida por el magistrado José Luis de la Peza, la Sala Superior confirmaron la sentencia dictada por la Primera Sala del Tribunal Electoral Estatal, mediante la cual se negó el registro como partido político local a la Organización Política "Partido para la Reconstrucción de Nayarit", habida cuenta que la interesada no presentó en tiempo las constancias certificadas de las asambleas celebradas en los municipios, así como por no haber acreditado un mínimo de trescientos afiliados en cuando menos diez municipios.

En el juicio de revisión constitucional de Aguascalientes, los magistrados electorales revocaron el registro de candidatos a regidores por el principio de representación proporcional, propuesto por la coalición "Viva Aguascalientes" para integrar el ayuntamiento de Jesús María. En consecuencia se ordenó al Instituto Estatal Electoral registrar la fórmula conformada por Tomás Rangel Altamira, como candidato a regidor propietario, y a José de Jesús Tomás, como suplente, en el primer lugar de la lista de la alianza antes referida.

Al dictar sentencia en cinco juicios para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano relacionados con Minatitlán, Veracruz. En uno de ellos, los magistrados de la Sala Superior confirmaron la resolución del Consejo General del Instituto Electoral Veracruzano del 2 de julio relativo al registro supletorio de candidatos a diputados de mayoría relativa en el distrito electoral XXVIII.

En cuanto hace al estado de Morelos, los magistrados electorales confirmaron el fallo dictado por la Comisión de Garantías y Vigilancia del Partido de la Revolución Democrática relacionada con la expulsión de un militante y la suspensión temporal de derechos a otros dos afiliados a este partido político.

Por último se ordenó al Registro Federal de Electores del IFE por conducto del vocal respectivo en la Junta Ejecutiva de Oaxaca expedir seis credenciales de elector solicitadas por igual número de ciudadanos, con la finalidad de participar en los procesos electorales a celebrarse durante el presente año en la citada entidad.