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LA SALA REGIONAL EN SESION PÚBLICA, RESUELVE JUICIOS ELECTORALES PARA PRESIDENTES MUNICIPALES Y REGIDURÍAS EN EL ESTADO DE MORELOS

24/septiembre/2015 / Sala Regional Ciudad de México 62/2015

México, D. F.

En esta sesión pública se resolvieron 5  Juicios para la Protección de los Derechos Político Electorales del Ciudadano, 1 Juicio Electoral y 4 Juicios de Revisión Constitucional Electoral.

• Confirma la asignación de miembros de los Ayuntamientos de Tlaltizapán, Ayala, Atlatlahucan, Temoac y Temixco.


En la Sesión Pública celebrada el día de hoy, es de destacar que en los juicios SDF-JDC-682-2015 y SDF-JDC-683-2015 acumulados, promovidos por Martha Janeth Pizaña Castillo y Clemencia Galvez Carrillo, a fin de impugnar la asignación de regidores de representación proporcional del Municipio de Tlaltizapán; la Sala Regional DF, confirma la sentencia emitida por el Tribunal Electoral del Estado de Morelos. Lo anterior, al considerar inoperantes los agravios en cuanto a paridad de género en la asignación de regidores y en la conformación del ayuntamiento.

En cuanto al juicio SDF-JRC-301-2015, promovido por Nueva Alianza en contra de la sentencia dictada por el Tribunal Electoral del Estado de Morelos, mediante la cual confirmó el cómputo de la elección de los integrantes del Ayuntamiento de Ayala, así como la declaración de validez y la entrega de la constancia de mayoría respectivas; el Pleno de la Sala Regional DF, confirma la sentencia impugnada a favor de la fórmula de candidatos registrados por el Partido Revolucionario Institucional, al considerar infundados los agravios relativos al recuento de votos, pues el recuento es de naturaleza extraordinaria que tiene como fin dotar de mayor certeza los resultados, ante la cercanía de votación entre el primer y segundo lugar.

Por lo que se refiere al juicio SDF-JDC-675-2015, la Sala Regional DF, confirmó la sentencia emitida por el Tribunal Electoral del Estado de Morelos, relativa a la elección, cómputo y asignación de regidores en el Ayuntamiento de Atlatlahucan; al considerar que el medio de impugnación promovido por el Partido Socialdemócrata, se presentó de manera extemporánea.

Con respecto al juicio de revisión constitucional electoral SDF-JRC-285-2015, promovido por el Partido Humanista, relacionado con la elección de integrantes del Ayuntamiento de Temoac, la Sala Regional DF, confirma la sentencia emitida por el Tribunal Electoral del Estado de Morelos, al considerar que los agravios son inoperantes en cuanto a que se controvierten cuestiones que no fueron planteadas en el juicio primigenio; así mismo, considera infundado el agravio toda vez que la integración de las mesas directivas de casillas si fueron integradas por ciudadanos residentes en esa misma sección.

Finalmente, y con relación a los juicios SDF-JRC-299-2015 y SDF-JRC-311 acumulados, promovidos por los Partidos Revolucionario Institucional y Morena, a fin de impugnar la sentencia por medio de la cual se declara la validez de la elección y otorgamiento de constancia de mayoría a favor de la fórmula de candidatos postulada por el Partido de la Revolución Democrática, en el Municipio de Temixco; el Pleno de la Sala Regional DF, modifica la sentencia controvertida en cuanto al estudio y omisiones en tres casillas, y confirma el cómputo municipal de miembros del Ayuntamiento, al considerar que no se presentaron pruebas suficientes para acreditar los agravios.





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