RESUELVE LA SALA REGIONAL TOLUCA DEL TEPJF TRECE JUICIOS RELACIONADOS CON DIVERSAS ELECCIONES DE AYUNTAMIENTOS EN EL ESTADO DE MICHOACÁN.
21/agosto /2015 / Sala Regional Toluca 65/2015
Toluca de Lerdo, Estado de México
Uno de los asuntos resueltos fue el identificado con el número de expediente ST-JRC-197/2015, promovido por el Partido Revolucionario Institucional en contra de una resolución dictada por el referido Tribunal, al resolver un procedimiento especial sancionador, relativo a la presunta realización de actos anticipados de campaña atribuidos al candidato del Partido de la Revolución Democrática a la presidencia municipal de Coalcomán Michoacán.
En el análisis del asunto, los integrantes del pleno determinaron infundados los agravios hechos valer por el Partido actor, en razón de que partió de una premisa incorrecta al afirmar que con las pruebas aportadas se tuvo por acreditada la realización de los actos anticipados de campaña.
Lo anterior, en virtud de que como lo determinó la autoridad responsable no se acreditó la conducta denunciada ya que en realidad se trató de una labor periodística e informativa en la que se realizó una entrevista relacionada con las llamadas “autodefensas” en el municipio de Coalcomán.
En consecuencia, los magistrados determinaron que el actor incumplió con su carga argumentativa, toda vez que no desestimó las consideraciones de la responsable, de ahí que se confirmara la resolución impugnada.
Finalmente, respecto de los demás juicios, al resultar infundados e inoperantes los agravios expuestos, según correspondió en cada caso, se determinó confirmar las sentencias emitidas por el Tribunal Electoral de Michoacán respecto de las elecciones correspondientes a los ayuntamientos de Santa Ana Maya, Zamora, Epitacio Huerta, Copándaro, Coalcomán, Jiménez, Huetamo y Jacona.
En la sesión pública se resolvieron 12 juicios de revisión constitucional electoral, y un juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano