SALA REGIONAL XALAPA CONFIRMA SENTENCIA DEL TRIBUNAL ELECTORAL DE YUCATÁN RELATIVA A ELECCIÓN MUNICIPAL DE PROGRESO
14/agosto /2015 / Sala Regional Xalapa 50/2015
Xalapa - Enríquez, Veracruz
- Confirma sentencia del TEEY relativa a la elección de Dzilam de González, Yucatán
En sesión pública de resolución de 14 de agosto de la presente anualidad, la Sala Regional Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó la sentencia del Tribunal Electoral del Estado de Yucatán que confirmó el cómputo de la elección municipal de Progreso, así como la declaración de validez y la expedición de las constancias de mayoría respectivas. Al resolver el juicio ciudadano 787, promovido por.
Lo anterior, debido a que los magistrados federales determinaron que no le asistía la razón a Jessica Saíden Quiróz al aducir que el Tribunal local no había valorado correctamente las pruebas referentes a los instrumentos notariales con los cuales pretendía demostrar la duplicidad del acta de sesión de cómputo municipal.
A tal conclusión arribaron pues, las supuestas irregularidades en las que se alegó la simulación de los resultados electorales y la duplicidad aludida, no le constaron de forma directa al fedatario público. Además, se advirtió que se trataba tan sólo de un testimonio del representante del partido promovente en la instancia local, sin que dichos actos fueran corroborados o aceptados por los funcionarios electorales que intervinieron en las diligencias notariales. Aunado a ello, dichos instrumentos se levantaron con posterioridad a la celebración del cómputo municipal.
En cuanto al agravio relativo a la entrega de la constancia de validez y mayoría sin haberse aprobado la sumatoria de votos, los magistrados federales determinaron que el órgano electoral responsable se apegó al procedimiento legalmente establecido para realizar el cómputo municipal.
Sala Regional Xalapa confirma sentencia del TEEY relativa a la elección de Dzilam de González, Yucatán
En otro asunto, la Sala Regional Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó la sentencia del Tribunal Electoral del Estado de Yucatán (TEEY), que a su vez, confirmó los resultados consignados en el acta de cómputo, la declaración de validez de la elección municipal de Dzilam de González, y la entrega de constancias de mayoría relativa a favor de la fórmula propuesta por el partido Revolucionario Institucional.
Ello, debido a que los magistrados federales determinaron que contrario a lo expresado por el Partido Acción Nacional, el Tribunal local sí fue exhaustivo al valorar las pruebas aportadas a fin de controvertir la elección en comento.
Lo anterior, porque quedó acreditado que la responsable dio respuesta al agravio formulado en la instancia local, relativo a la supuesta vulneración al principio de certeza, derivado de la quema de los paquetes electorales de 4 casillas y la realización del cómputo municipal con las copias de las actas de escrutinio y cómputo que obraban en poder del Presidente del Consejo Municipal. Pronunciándose por tanto, en favor de las actuaciones del Consejo en la validación de dicho cómputo, acorde con los principios constitucionales que rigen la materia electoral y la jurisprudencia del TEPJF.
Los magistrados consideraron que ha sido criterio reiterado de este Tribunal la posibilidad de realizar el cómputo de una elección a pesar de la destrucción o inhabilitación de los paquetes electorales, ya que las copias de las actas de escrutinio y cómputo constituyen el reflejo fiel de la expresión ciudadana el día de la jornada electoral. Por tanto, tienen el carácter de prueba plena respecto del contenido del paquete formado con la documentación electoral.
Asimismo, se estimó ajustado a derecho la actuación de la responsable en el sentido de requerir a los partidos políticos a fin de que remitieran ante dicha instancia sus respectivas copias de actas del cómputo de las casillas cuyos paquetes electorales fueron incinerados, atendiendo en sentido positivo dicho requerimiento el Partido Revolucionario Institucional y parcialmente MORENA, lo que permitió la realización de un cotejo de las copias de las actas y establecer la plena coincidencia entre ellas.
Aunado a ello, el Tribunal responsable confrontó la información de las copias de las actas de escrutinio y cómputo con los datos registrados en el Programa de Resultados Preliminares, verificando la certeza y autenticidad de los datos contenidos en las actas.
En la sesión pública de resolución de este viernes se analizaron y resolvieron dos juicios ciudadanos y doce juicios de revisión constitucional electoral.
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