NO SE ACREDITA EL USO INDEBIDO DE LA LISTA DE DATOS DEL PADRÓN ELECTORAL POR PARTE DE MOVIMIENTO CIUDADANO: SALA ESPECIALIZADA
16/julio /2015 / Sala Regional Especializada 93/2015
D.F.
• La propaganda difundida no contiene expresiones que calumnian al PRD
La Sala Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó inexistente la infracción imputada a Movimiento Ciudadano relacionada por el uso indebido del padrón electoral o listado nominal, al distribuir cartas personalizadas con nombre y domicilio y que contienen supuestas expresiones de calumnia contra el Partido de la Revolución Democrática (PRD).
En este sentido, el Pleno argumentó que el partido político solicitó a la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos, así como a la Organización Electoral del Instituto Nacional Electoral (INE) información relacionada con sus afiliados y representantes de casilla en los procesos electorales de los años 2000 a 2012.
La magistrada Gabriela Villafuerte Coello explicó que en el envío de las cartas, el partido político utilizó bases oficiales proporcionadas por la autoridad administrativa electoral, que revelaron la vinculación de los destinatarios con el instituto político, porque eran militantes o sus representantes en las mesas directivas de casilla en procesos electorales pasados.
Por su parte, el magistrado Clicerio Coello Garcés recordó que existe una prohibición legal de que los partidos políticos utilicen el padrón electoral para otros fines que no sean para los fines estrictamente establecidos en la ley, que es, precisamente, coadyuvar a la revisión del correcto funcionamiento del padrón electoral.
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