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LA SALA REGIONAL GUADALAJARA CONFIRMÓ UNA SENTENCIA DEL TRIBUNAL ESTATAL ELECTORAL DE CHIHUAHUA RELATIVA A LA CONSERVACIÓN DEL REGISTRO DE UN PARTIDO POLÍTICO LOCAL

16/Enero /2025 / Sala Regional Guadalajara 2/2025

Guadalajara

En sesión pública celebrada el día de hoy, el Pleno de este órgano jurisdiccional confirmó una resolución del Tribunal Estatal Electoral de Chihuahua que a su vez confirmó la determinación del Instituto Estatal Electoral local que aprobó el porcentaje de votos válidos obtenidos por el partido Pueblo en el proceso electoral 2023-2024, para conservar su registro.

Al respecto, las magistraturas de esta Sala razonaron que, en el juicio de revisión constitucional electoral 468 de 2024, ya habían fijado un criterio vinculante que impide revisar nuevamente el tema, es decir, se actualizó la eficacia refleja de la cosa juzgada. 

Lo anterior, porque en dicho precedente el Pleno de esta Sala, sostuvo que, debía prevalecer lo resuelto por la Suprema Corte de Justicia de la Nación en la acción de inconstitucionalidad 163/2023, esto es, la existencia de la obligación de superar el 3% de la votación válida estatal en la elección de gubernatura y/o diputaciones para mantener el registro, no así en la elección de ayuntamientos como el actor pretendía.

En dicha sesión se resolvieron cuatro juicios de la ciudadanía, un juicio de revisión constitucional electoral y un recurso de apelación, mismos que pueden ser consultados en el portal del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación www.te.gob.mx