header

LA SALA REGIONAL XALAPA CONFIRMÓ LA PÉRDIDA DEL REGISTRO COMO PARTIDO POLÍTICO LOCAL DE “CAMPECHE LIBRE”

08/Enero /2025 / Sala Regional Xalapa 2/2025

Xalapa-Enríquez, Veracruz.

En la sesión pública de resolución, la Sala Regional Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmóla sentencia emitida por Tribunal Electoral del Estado de Campeche (TEEC) en el expediente TEEC/RAP/76/2024 que, a su vez, confirmó la resolución CG/130/2024 dictada por el Consejo General del Instituto Electoral de la referida entidad federativa, que declaró la pérdida del registro como partido político local de “Campeche Libre”.

Las magistraturas de la Sala Regional determinaron que no le asistía la razón al otrora partido político al señalar que ilegalmente el TEEC desestimó el agravio hecho valer respecto a la negativa de considerar el 3% de la votación obtenida en la elección de juntas municipales en el estado en mención, haciendo valer la normatividad local por encima de la Constitución Federal, que establece que se puede verificar en cualquiera de las elecciones. 

Esto, ya que en este caso específico no era susceptible interpretar que el requisito normativo de la obtención del 3% de la votación en la elección de diputaciones, ayuntamientos y gubernatura, tal como lo establece la normativa local, para que además se verificara la votación de las juntas municipales. Toda vez que, no existen elementos suficientes para derribar la presunción de licitud de la norma, además de que, fue aplicada de manera correcta, sin que se vulneraran los derechos político-electorales de las personas pertenecientes al partido político actor. 

Puesto que, conforme al artículo 116 constitucional, se advirtió que el no contabilizar la votación respecto de las juntas municipales no genera una contravención, porque tal mandato prevé que los partidos políticos locales, que no obtenga, al menos, el 3% del total de la votación válida emitida en cualquiera de las elecciones que se celebren para la renovación del Poder Ejecutivo o Legislativo locales, le será cancelado el registro. 

En la sesión pública celebrada el 08 de enero, se resolvieron nueve medios de impugnación: seis juicios ciudadanos, un juicio electoral, un juicio de revisión constitucional y un recurso de apelación.

 

----- oOo -----