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LA SALA REGIONAL GUADALAJARA CONFIRMÓ LA SENTENCIA DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL ESTADO DE SINALOA, RELACIONADA CON LOS RESULTADOS DE LA ELECCIÓN DEL AYUNTAMIENTO DE CHOIX, EN LA CITADA ENTIDAD

17/Octubre /2024 / Sala Regional Guadalajara 57/2024

GUADALAJARA, JALISCO

En la sesión pública celebrada en esta fecha, el pleno de este órgano jurisdiccional confirmó la resolución del Tribunal Electoral del Estado de Sinaloa en la que ratificó los resultados consignados en el acta de cómputo municipal de la elección de munícipes del ayuntamiento de Choix, en esa entidad.

Lo anterior, porque no se combatieron eficazmente los argumentos sostenidos por la autoridad responsable al desahogar y valorar cada uno de los audios, para demostrar que la descripción del contenido es omisa indebida o deficiente, así como desvirtuar todos los argumentos expuestos por el tribunal responsable para determinar otorgarles un valor indiciario y considerarlas ineficaces para demostrar las conductas que pretendió acreditar en cada caso (SG-JRC-433/2024)

En diverso juicio, esta Sala revocó parcialmente una sentencia del Tribunal de Justicia Electoral del Estado de Baja California, en la que declaró la inexistencia de difusión de propaganda gubernamental con elementos de promoción personalizada y uso indebido de recursos públicos atribuidos al presidente municipal de Tecate, en esa entidad.

Ello, porque la responsable omitió pronunciarse sobre el planteamiento realizado por el actor en su denuncia referente a la prohibición, entre otros, a presidencias municipales que pretendan reelegirse de promocionar o publicar las acciones de gobierno desde el inicio de las precampañas hasta la conclusión de la jornada electoral, en términos del artículo 9 TER, fracción V de la Ley del Régimen Municipal para el Estado de Baja California. (SG-JE-127/2024)

Por otra parte, se revocó una resolución del Tribunal Estatal Electoral de Chihuahua que declaró la existencia de violencia política contra las mujeres en razón de género atribuida a la parte actora, ya que la responsable únicamente estudió la conducta denunciada con base en los elementos propuestos por la Sala Superior de este tribunal en la jurisprudencia 21/2018. 

Ante tal situación, la responsable deberá emitir una nueva resolución donde estudie los hechos denunciados a la luz del tipo administrativo previsto en la legislación local. (SG-JDC-667/2024)

En dicha sesión se resolvieron tres juicios de la ciudadanía, un juicio electoral, un juicio de revisión constitucional electoral y cuatro recursos de apelación, mismos que pueden ser consultados en el portal del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación www.te.gob.mx