LA SALA REGIONAL GUADALAJARA CONFIRMÓ UN ACUERDO DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL, POR EL QUE DECLARÓ INFUNDADO UN PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO SANCIONADOR DE QUEJA EN MATERIA DE FISCALIZACIÓN INSTAURADO CONTRA UNA OTRORA CANDIDATA A LA PRESIDENCIA MUNICIPAL DE HOSTOTIPAQUILLO, JALISCO
30/Septiembre/2024 / Sala Regional Guadalajara 55/2024
GUADALAJARA, JALISCO
En la sesión pública celebrada en esta fecha, el Pleno de la Sala Regional Guadalajara confirmó una resolución del Consejo General del Instituto Nacional Electoral relacionada con un procedimiento administrativo sancionador de queja en materia de fiscalización instaurado contra una otrora candidata a la presidencia municipal de Hostotipaquillo, Jalisco, por la presunta omisión de reportar ingresos y egresos relativos a un evento de cierre de campaña y el probable rebase de tope de gastos de campaña.
Se llegó a la anterior conclusión al considerar que la autoridad responsable sí realizó una valoración conjunta de las pruebas, atendiendo a las reglas de la lógica, la experiencia y la sana crítica sobre los hechos denunciados; siendo que tuvo por acreditado el evento de cierre de campaña cuestionado y precisó que los gastos por los conceptos denunciados fueron reportados en el sistema integral de fiscalización y formaron parte del informe de ingresos y gastos de campaña de la denunciada, cuyo monto correspondiente fue considerado en el tope de gastos referido.
Con base en ello, determinó que no se advirtió el mencionado rebase del tope de gastos con motivo de la revisión de dichos informes en el marco del proceso electoral local 2023-2024 respecto a la denunciada y el partido político que la postuló, por lo cual declaró infundado el procedimiento en materia de fiscalización; siendo que tales consideraciones no fueron controvertidas por la parte actora, al limitarse a reiterar que existió la omisión de reportar gastos.
De ahí que se determinara confirmar el acuerdo controvertido. (SG-RAP-85/2024)
En dicha sesión se resolvió un recurso de apelación, mismo que puede ser consultado en el portal del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación www.te.gob.mx