SRCDMX revoca parcialmente resolución del INE relativa a la fiscalización de las campañas de MORENA en el proceso electoral local en Guerrero
05/Septiembre/2024 / Sala Regional Ciudad de México 70/2024
Ciudad de México
- Se confirma resolución del INE relativa a la fiscalización de las campañas del PAN y PRI en el proceso electoral local en Morelos
Por unanimidad, la Sala Regional Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación revocó parcialmente la resolución del Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) relativa a la revisión de los informes de ingresos y gastos de campaña de candidaturas de MORENA a diputaciones y presidencias municipales del proceso electoral local en el estado de Guerrero.
Al resolver el recurso SCM-RAP-58/2024, el pleno desestimó los agravios relacionados con la incorrecta imposición de sanciones y extemporaneidad en el registro de operaciones y eventos, debido a que el INE sí expuso las razones para la imposición de las sanciones o por qué no se encontraban atendidas las observaciones de registros extemporáneos, sin que el partido actor formulara argumentación para derrotar cada conclusión.
Respecto a la omisión de reportar unos egresos por concepto de propaganda en la vía pública y en eventos de campaña, se concluyó que el INE no tomó en cuenta los escritos de respuesta del partido sobre por qué no implicaban un beneficio al partido o candidaturas de la coalición o MORENA, así como el ámbito local. Además, de la omisión de reportar egresos por concepto de un spot de radio y otro de televisión, así como el prorrateo de gastos en publicidad entre las candidaturas beneficiadas, no se advirtió el anexo de la matriz de precios por el que se determinó el valor de los gastos.
En consecuencia, la Sala Regional revocó parcialmente el dictamen consolidado y la resolución impugnada para diversos efectos.
Se confirma resolución del INE relativa a la fiscalización de las campañas del PAN y PRI en el proceso electoral local en Morelos
La Sala Regional, por unanimidad, confirmó la resolución del Consejo General del INE relativa a la revisión de los informes de ingresos y gastos de campaña de candidaturas del Partido Acción Nacional (PAN) y Partido Revolucionario Institucional (PRI) a diputaciones locales y presidencias municipales del proceso electoral local 2023-2024 en el estado de Morelos.
Al resolver el recurso SCM-RAP-94/2024 y acumulado, el pleno sostuvo que los agravios de los recurrentes se limitaron a afirmar que se vulneró en su perjuicio diversos principios del derecho sin que cuestionaran frontalmente las razones proporcionadas por el INE en las conclusiones sancionatorias.
Por cuanto hace a los agravios por las supuestas fallas en el sistema de contabilidad en línea, se advirtió que la parte actora no realizó una referencia puntual de cuándo ocurrieron dichas fallas a fin de poder precisarse cuáles obligaciones se le dificultó cumplir.
Aunado a lo anterior, se señaló que contrario a lo referido por el PAN, el INE sí estableció la distribución de responsabilidad a partir de un análisis de los montos de aportación de cada uno de los partidos coaligados, de conformidad con la información contable registrada en el sistema, y no a partir de considerar únicamente el convenio de coalición correspondiente.
Por tanto, la Sala Regional confirmó la resolución impugnada.