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SRCDMX modifica resolución del TEEH de asignación de diputaciones de representación proporcional del Congreso del Estado de Hidalgo para garantizar la inclusión de grupos de atención prioritaria

30/Agosto /2024 / Sala Regional Ciudad de México 67/2024

Ciudad de México

Por unanimidad, la Sala Regional Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación modificó la resolución del Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo (TEEH) que realizó -en plenitud de jurisdicción- la asignación de diputaciones de representación proporcional (RP) al Congreso local.

Al resolver el juicio SCM-JDC-2214/2024 y acumulados, el pleno sostuvo que fue correcta la conclusión del TEEH en el sentido de que el porcentaje mínimo para que los partidos puedan acceder a la asignación de diputaciones de RP debe calcularse tomando como base una votación semidepurada en la que solo se consideren votos que tuvieron efectividad para elegir a diputaciones de MR, lo cual implica excluir los votos nulos y los de las candidaturas no registradas.

Aunado a lo anterior, se explicó que de una interpretación sistemática y funcional de la Constitución y código electoral local, así como la legislación en Hidalgo, es correcto considerar que se puede acreditar el requisito de postular candidaturas en al menos 12 distritos para participar en la asignación de diputaciones de RP, con registros coaligados (en coalición parcial o flexible) y postulaciones mediante candidaturas comunes.

Por otra parte, se concluyó que el tribunal local inobservó el contenido de las reglas inclusivas de postulación de candidaturas, a partir de las cuales debía adoptar un procedimiento compatible con la asignación de curules por RP, la inclusión de grupos de atención prioritaria y el cumplimiento de la paridad de género. 

En ese sentido, para cumplir la inclusión de grupos de atención prioritaria, la Sala Regional realizó los ajustes correspondientes en los que la diputación a personas con discapacidad corresponderá a la fórmula registrada por el Partido de la Revolución Democrática, así como la diputación a personas de la diversidad sexual y de género a la fórmula registrada por Movimiento Ciudadano. Con dicha integración se garantiza la paridad de género en el Congreso al quedar integrado por 16 mujeres, 13 hombres y 1 persona no binaria.

En consecuencia, la Sala Regional modificó la resolución impugnada y vinculó al instituto local para expedir las constancias de asignación correspondientes.