SRCDMX revoca resolución del TECDMX relativa a dos convenios de candidatura común para la elección de diputaciones y alcaldías
29/Febrero /2024 / Sala Regional Ciudad de México 13/2024
Ciudad de México
- Se revoca parcialmente resolución del TEEGRO que declaró existente la violencia política contra las mujeres en razón de género
La Sala Regional Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, por unanimidad, revocó la resolución del Tribunal Electoral de la Ciudad de México (TECDMX) que desechó las demandas presentadas por diversos partidos políticos para controvertir los acuerdos relacionado con la procedencia de solicitud de registro de los convenios de candidatura común celebrados por MORENA y el Partido del Trabajo (PT); así como, por MORENA, el PT y el Partido Verde Ecologista de México (PVEM), respecto de la elección de diputaciones y alcaldías.
Al resolver el juicio SCM-JRC-13/2024 y acumulado, conforme la demanda presentada por el Partido Acción Nacional (PAN), el pleno concluyó que no se actualizaba la causal de improcedencia invocada por el TECDMX, porque tal y como se advirtió de la lectura de las demandas locales interpuesta por el PAN y MORENA, así como, de los acuerdos relativos al registro condicionado de los convenios de candidatura común [7 y 8], los motivos de inconformidad de ambos partidos subsistían aún con la emisión de los acuerdos de registro definitivo [25 y 37].
En consecuencia, la sala regional revocó la resolución impugnada para que el tribunal local emita una nueva en la que analice integralmente el problema jurídico planteado y estudie todos los planteamientos presentados por el PAN y MORENA, relacionados con la validez de los dos convenios de candidatura común celebrados. y, con ello, garantice una impartición de justicia completa e integral.
Se revoca parcialmente resolución del TEEGRO que declaró existente la violencia política contra las mujeres en razón de género
La Sala Regional, por unanimidad, revocó parcialmente la resolución del Tribunal Electoral del Estado de Guerrero (TEEGRO) que declaró existente la violencia política contra las mujeres en razón de género (VPMRG) cometida contra la presidenta municipal de Chilpancingo de los Bravo.
Al resolver el juicio SCM-JDC-58/2024 y acumulado, el pleno determinó que de una revisión integral y contextual al contenido de las notas en que se consideró actualizada la VPMRG, se desprende que en realidad no resaltaban una supuesta subordinación de la presidenta municipal a figuras masculinas o invisibilizar sus capacidades, sino que en ellas se hicieron criticas relacionadas con el desempeño de las funciones que realiza.
Aunado a lo anterior, tampoco se advirtió que las expresiones reprodujeran algún estereotipo de género o elementos objetivos que se dirigieran hacia ella por el hecho de ser mujer o que le hubieran impactado de manera diferenciada.
Por tanto, la sala regional revocó parcialmente la resolución impugnada, únicamente por cuanto hace a los razonamientos del tribunal local de que las publicaciones referidas actualizaron la infracción denunciada, dejando sin efectos la sanción que se impuso en dicha resolución.