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SRCDMX confirma resolución del INE relacionada con la revisión del informe de ingresos y gastos del PRD de 2022 en Tlaxcala

18/enero /2024 / Sala Regional Ciudad de México 3/2024

Ciudad de México

  • Se confirma resolución del INE relacionada con la revisión del informe de ingresos y gastos del PAN de 2022 en Morelos

La Sala Regional Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), por unanimidad, confirmó la resolución del Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) respecto a las irregularidades encontradas de la revisión del informe anual de ingresos y gastos del Partido de la Revolución Democrática (PRD) correspondiente al ejercicio 2022 en el estado de Tlaxcala.

Al resolver el recurso de apelación SCM-RAP-15/2023, el pleno determinó que la resolución emitida por el Consejo General del INE se encontraba debidamente fundada y motivada, sumado a que sí se consideraron diversos argumentos, insumos y consideraciones que el PRD reportó en su informe anual; mismos que resultaron insuficientes para demostrar que cumplió a cabalidad con su obligación de erogar gastos en actividades específicas y para la capacitación, promoción y desarrollo del liderazgo político de las mujeres, de ahí que se actualizaran infracciones en materia de fiscalización.

Por otra parte, contrario a lo referido por el partido recurrente, no se advirtió que las sanciones económicas que se le impusieron hayan sido fijadas de manera arbitraria o desproporcional.

En consecuencia, la sala regional confirmó la resolución impugnada.

Se confirma resolución del INE relacionada con la revisión del informe de ingresos y gastos del PAN de 2022 en Morelos

La Sala Regional, por unanimidad, confirmó la resolución del Consejo General del Instituto Nacional Electoral respecto a las irregularidades encontradas de la revisión del informe anual de ingresos y gastos del Partido Acción Nacional (PAN) correspondiente al ejercicio 2022 en el estado de Morelos.

Al dictar sentencia del recurso de apelación SCM-RAP-19/2023, el pleno consideró que contrario a lo señalado por el PAN, sí se fundamentó y motivó la resolución impugnada porque se especificaron los gastos en los cuales existía la omisión en la que había incurrido el partido, consistentes en que diversos gastos se encontraban adjudicados a otra persona de la acreditada como representante política ante el Consejo Estatal del Instituto Morelense de Procesos Electorales y Participación Ciudadana.

Asimismo, se detectaron diversos ingresos bajo el rubro de “representación política” los cuales no fueron atendidos por el partido, toda vez que no se aportó la totalidad de la documentación y soporte que vinculara el gasto con las referidas actividades de la persona representante ante el Consejo Estatal.

Por tanto, la sala regional confirmó la resolución impugnada.