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SRCDMX confirma resolución del TEEP que declaró inexistente la infracción de violencia política contra las mujeres en razón de género

11/enero /2024 / Sala Regional Ciudad de México 2/2024

Ciudad de México

  • Se confirma acuerdo plenario de cumplimiento del TEEH

La Sala Regional Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), por unanimidad, confirmó la resolución del Tribunal Electoral del Estado de Puebla (TEEP) que declaró inexistente la violencia política contra las mujeres en razón de género (VPMRG) denunciada por una diputada por diversas expresiones relacionadas con su persona publicadas en un diario informativo.

Al resolver el juicio SCM-JDC-395/2023, el pleno consideró adecuado que el TEEP concluyera que las manifestaciones se desarrollaron en el marco de la libertad de expresión y del ejercicio periodístico, en torno al trabajo desempeñado por la actora en su cargo público.

Aunado a lo anterior, se determinó que las manifestaciones publicadas en dicho medio de comunicación no estaban encaminadas a evidenciar roles de género o alguna situación de desventaja por el hecho de que la parte actora sea mujer, aunado a que no se actualizaba alguna afectación a sus derechos político-electorales, al referirse a críticas a su desempeño como funcionaria pública.

En consecuencia, la sala regional confirmó la resolución impugnada.

Se confirma acuerdo plenario de cumplimiento del TEEH

La Sala Regional al resolver el juicio SCM-JDC-340/2023, por unanimidad, consideró que fue conforme a derecho que el Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo (TEEH) determinara que el Ayuntamiento de Nicolás Flores cumplió lo que le fue ordenado en la sentencia que emitió en el juicio local TEEH-JDC-152/2021, particularmente con la obligación de adecuar y armonizar cualquier normativa municipal sobre la representación de las comunidades indígenas y la de dar a conocer, mediante asamblea en la comunidad de Texcadhó, la publicación del Reglamento de Comunidades Indígenas en el Municipio de Nicolás Flores en el periódico oficial de Hidalgo (esta última, derivada de lo decidido por la Sala Toluca en el juicio ST-JDC-95/2023).

Por tanto, la sala regional confirmó el acuerdo impugnado.