LA SALA REGIONAL XALAPA CONFIRMÓ LA VALIDEZ DE LAS ELECCIONES DE CONCEJALÍAS DEL AYUNTAMIENTO DE SAN PEDRO MÁRTIR YUCUXACO, OAXACA
29/diciembre /2023 / Sala Regional Xalapa 44/2023
Xalapa-Enríquez, Veracruz.
En sesión pública de resolución, la Sala Regional Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó la sentencia emitida por el Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca (TEEO) en el expediente JDCI/104/2023 que, entre otras cuestiones, confirmó el acuerdo IEEPCO-CG-SNI-54/2023 emitido por el Consejo General del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO), que a su vez calificó como jurídicamente válida la elección extraordinaria de concejalías del Ayuntamiento de San Pedro Mártir Yucuxaco, Oaxaca.
El Pleno de la Sala Regional determinó confirmar la sentencia impugnada porque a su consideración el agravio planteado por la parte actora relativo a la falta de exhaustividad resulta infundado, esencialmente porque el Tribunal local no vulneró el referido principio, pues estudió la controversia conforme con lo que le fue planteado en la demanda.
Aunado a que, al advertir diversos elementos del presente juicio, se concluyó que, si bien el proceso electivo de San Pedro Mártir Yucuxaco, se celebró en contravención al principio de universalidad del voto en perjuicio de las personas vecinas no originarias de la comunidad, porque el sistema normativo interno vigente en el municipio sí contempla su participación, sin embargo, en el presente caso deben analizarse las circunstancias fácticas de la comunidad y que la sentencia que garantizó el derecho de participación de las personas avecindadas se emitió casi dos meses después de celebrada la asamblea electiva, de modo que era materialmente imposible cumplir con tal mandato.
Por lo tanto, a partir de la ponderación entre los derechos en conflicto, se concluye que debe conservarse la validez de la elección, con la finalidad de evitar afectar de manera desproporcionada a la comunidad indígena, lo que como ya se señaló, es aplicable estrictamente para el caso concreto y encuentra justificación por el contexto en que se desarrolló la presente cadena impugnativa.
Además, se destaca que, se presentaron avances colectivos de la comunidad en materia de paridad de género y participación de la ciudadanía, ocurridos en la elección extraordinaria de concejalías controvertida.
En la sesión pública celebrada este 29 de diciembre, se resolvieron 24 medios de impugnación: 17 juicios de la ciudadanía federal, cuatro recursos de apelación y tres juicios electorales.
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