header

EL EJECUTIVO FEDERAL VULNERÓ PRINCIPIOS CONSTITUCIONALES: SALA ESPECIALIZADA

26/octubre /2023 / Sala Regional Especializada 36/2023

CDMX

 La Sala Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación determinó que el presidente, Andrés Manuel López Obrador, incurrió en uso indebido de recursos públicos y vulneró los principios de imparcialidad, neutralidad y equidad con impacto en el proceso electoral 2023-2024, por la emisión y difusión de diversas expresiones realizadas en la conferencia mañanera del 19 de abril.

Esas infracciones también fueron cometidas por el coordinador General de Comunicación Social y vocero de la República, Jesús Ramírez Cuevas; la directora General de Comunicación Social Digital, Jéssica Ramírez; el jefe de departamento, Pedro Daniel Ramírez Pérez (ambos adscritos a la Coordinación de Comunicación Social del Gobierno de la República), así como el director del Centro de Producción de Programas Informativos y Especiales, Sigfrido Barjau de la Rosa.

La decisión se tomó, porque el Presidente dirigió una petición concreta a la ciudadanía para que votaran por las candidaturas de partidos afines al movimiento que él integra, con la finalidad de obtener mayoría calificada en ambas cámaras del Congreso de la Unión.

El resto de las personas servidoras públicas incurrieron en las infracciones citadas, porque llevaron a cabo las acciones necesarias para la difusión de la conferencia, a través de la generación de una señal de transmisión o de las redes sociales del titular del Ejecutivo federal y del Gobierno de México. Por ello, el Pleno ordenó dar vista al Órgano Interno de Control de la Presidencia de la República para que determine lo que en Derecho corresponda.

El Presidente no puede ser sancionado por infracciones de índole electoral y solo se le responsabiliza por las conductas señaladas, en atención a criterios establecidos por la Sala Superior de este tribunal (SRE-PSC-73/2023).

En sesión pública, la Sala también determinó, por mayoría, que los gobernadores de Guanajuato, Diego Sinhue Rodríguez Vallejo; de Querétaro, Mauricio Kuri González; de Yucatán, Mauricio Vila Dosal; el entonces mandatario de Durango, José Rosas Aispuro y la entonces gobernadora electa de Aguascalientes, María Teresa Jiménez Esquivel, no vulneraron los principios de imparcialidad, neutralidad y equidad en la contienda, ni usaron indebidamente recursos públicos, con motivo de un evento realizado en el Teatro Morelos de Toluca, Estado de México, el 21 de agosto de 2022.

Lo anterior, porque el evento únicamente buscaba la unión partidista y tuvo asistencia preponderante de personas afiliadas y simpatizantes del PAN.

Además, no se comprobó que los discursos que emitieron las gubernaturas denunciadas hayan trascendido al electorado, pues solo se acreditó su difusión vía las redes sociales del PAN y de Enrique Vargas.

En consecuencia, se determinó inexistente la falta al deber de cuidado atribuida al Partido Acción Nacional y el supuesto beneficio indebido de Enrique Vargas del Villar.

Esta sentencia se emitió en cumplimiento al SUP-REP-386/2023 (SRE-PSC-184/2022).