SALA REGIONAL TOLUCA CONFIRMA SENTENCIA DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL ESTADO DE MICHOACÁN QUE AMONESTÓ PÚBLICAMENTE A UN PARTIDO POLÍTICO POR VULNERAR EL INTERÉS SUPERIOR DE LA NIÑEZ
20/octubre /2023 / Sala Regional Toluca 40/2023
Toluca de Lerdo, Estado de México
En el asunto resuelto esta Sala Regional, por unanimidad de votos, determinó confirmar la sentencia impugnada al considerarse que el agravio planteado en torno a la violación del derecho fundamental de audiencia, en tanto que de la revisión de las constancias que integran el expediente de origen se acreditó que el partido político fue debidamente emplazado incluyendo un disco compacto con la totalidad de las constancias que integraban el procedimiento especial sancionador instaurado, entre otros, en contra del partido político.
Así, dado que al instituto político sí se le respetó el derecho fundamental de audiencia y debida defensa se confirmó la sentencia impugnada.