SALA REGIONAL TOLUCA CONFIRMA SENTENCIA DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL ESTADO DE MICHOACÁN SOBRE LA OMISIÓN DE RESPUESTA POR PARTE DEL CONGRESO DEL ESTADO PARA CONFORMAR UN GRUPO PARLAMENTARIO
11/octubre /2023 / Sala Regional Toluca 39/2023
Toluca de Lerdo, Estado de México
En el asunto resuelto, esta Sala Regional, por unanimidad de votos determinó confirmar la sentencia impugnada al considerarse que cuando este órgano jurisdiccional ordenó que el tribunal local conociera del asunto, no fue para que se pronunciara sobre la procedencia o no de la solicitud que formularon al Congreso del Estado, sino para que resolviera sobre la existencia o no, de la omisión del Congreso de responder la solicitud sobre el reconocimiento de la constitución del nuevo grupo parlamentario.
Se consideraron infundados esos agravios porque en caso de que el tribunal local se sustituyera en el Congreso del estado y ordenara que se reconociera la constitución de la fracción parlamentaria, como lo pretendían los actores, se alejaría de la naturaleza de la violación que fue analizada y rebasaría los límites que el tribunal local debía observar al momento de resolver la controversia.