SRCDMX confirma acuerdo del IECM relacionado con la solicitud de la revocación de mandato de la persona titular de la alcaldía Miguel Hidalgo
13/julio /2023 / Sala Regional Ciudad de México 33/2023
Ciudad de México
- Se confirma resolución del TEEM que ordenó la restitución en el cargo a una regiduría en el ayuntamiento del municipio de Xoxocotla
La Sala Regional Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), por unanimidad, confirmó el acuerdo del Consejo General del Instituto Electoral de la Ciudad de México (IECM) que aprobó el dictamen mediante el que se dio cuenta sobre el porcentaje de apoyo de la ciudadanía aportado en la solicitud de la consulta de revocación de mandato de la persona titular de la alcaldía Miguel Hidalgo.
Al dictar la sentencia en el juicio SCM-JDC-197/2023 y acumulado, el pleno concluyó que no asiste razón a la parte actora, porque la determinación del IECM para que la garantía de audiencia se practique solamente sobre los registros incompletos o no encontrados encuentra sustento normativo en los Lineamientos de Verificación, sin vulnerar el principio de legalidad.
Aunado a lo anterior, se explicó que la negativa de darle acceso a la base de datos obtenida por el Instituto Nacional Electoral (INE) después de la revisión no afectó su garantía de audiencia, ya que sí se le proporcionó la información sobre los registros que eran susceptibles de subsanarse y se corrigieron los que fueron posibles, tras el examen del formato físico y la base de datos en los que el IECM los capturó.
Por otra parte, se resolvió que tampoco tiene razón la parte actora respecto a que debió contratarse a una empresa certificada para capturar los datos de los formatos físicos de los apoyos de la ciudadanía, ya que ello es atribución del IECM a fin de vigilar el cumplimiento de los requisitos para realizar la consulta de la revocación de mandato y conducir su desarrollo.
En consecuencia, la sala regional confirmó el acuerdo impugnado.
Se confirma resolución del TEEM que ordenó la restitución en el cargo a una regiduría en el ayuntamiento del municipio de Xoxocotla
La Sala Regional, por unanimidad, confirmó la resolución del Tribunal Electoral del Estado de Morelos (TEEM) que, entre otras cuestiones, ordenó al Ayuntamiento del Municipio indígena de Xoxocotla que de manera inmediata restituyera en el cargo a la parte actora en esa instancia local en su regiduría del citado ayuntamiento.
Al resolver el juicio SCM-JDC-147/2023, el pleno determinó que el TEEM actuó conforme a derecho al determinar que las inasistencias del regidor propietario a las sesiones de cabildo derivaron de que no se le convocaba debidamente, por lo que las causales por las que se determinó revocarlo de su cargo y designar a su suplente fueron infundadas; asimismo, en la sentencia se determinó que la sentencia controvertida atendió a los principios de congruencia y exhaustividad, y que fue debidamente notificada al regidor suplente.
Por tanto, la sala regional confirmó la resolución impugnada.