SRCDMX determina la imposibilidad de cumplimiento de sentencia del TEEM relativa a la restitución de la persona coordinadora del Grupo Parlamentario de MORENA en el congreso estatal
22/junio /2023 / Sala Regional Ciudad de México 28/2023
Ciudad de México
- Se determina la omisión del TECDMX de garantizar el cumplimiento de sentencia relacionada con la renovación de coordinaciones territoriales en diversos pueblos originarios de Xochimilco
La Sala Regional Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), por unanimidad, revocó la resolución del Tribunal Electoral del Estado de Morelos (TEEM) en el incidente de imposibilidad de cumplimiento e incumplimiento de la sentencia TEEM/JDC/76/2022-1, y determinó la imposibilidad de cumplimiento de dicha sentencia, en lo que fue materia de análisis.
Al dictar la sentencia en el juicio SCM-JDC-77/2023 y acumulados, el pleno concluyó que si bien el TEEM en los efectos de la sentencia del juicio TEEM/JDC/76/2022-1 no fue claro en establecer la temporalidad por la cual debía restituirse a un diputado en el cargo de coordinador del Grupo Parlamentario de MORENA del Congreso local, del análisis de las constancias del juicio de origen, se determinó que dicha restitución debía ser por el periodo para el cual había sido originalmente designado, esto es del 1° de septiembre del 2022 al 31 de enero de 2023.
De ahí que la Sala Regional revocó la resolución incidental controvertida, al estimar que era fundado el incidente de imposibilidad de cumplimiento alegado en la instancia local, puesto que el plazo de la designación señalada feneció el pasado 31 de enero, de ahí que no era posible prolongar las funciones del entonces coordinador del mencionado grupo parlamentario.
Se determina la omisión del TECDMX de garantizar el cumplimiento de sentencia relacionada con la renovación de coordinaciones territoriales en diversos pueblos originarios de Xochimilco
La Sala Regional, por unanimidad, resolvió que es fundada la omisión del Tribunal Electoral de la Ciudad de México (TECDMX) de garantizar el cumplimiento de la sentencia TEDF-JLDC-13/2017 y acumulados, así como de las resoluciones incidentales relativas a la renovación de coordinaciones territoriales en diversos pueblos originarios de Xochimilco.
Al resolver el juicio SCM-JDC-48/2023, el pleno concluyó que ha transcurrido un tiempo excesivo sin que el TECDMX lleve a cabo actuaciones en los respectivos incidentes de incumplimiento y emita un pronunciamiento sobre el estado en que se encuentra el mismo.
Así, la existencia o no de alguna justificación para el retraso en el cumplimiento de lo ordenado en las resoluciones no ha sido objeto de análisis por parte del pleno del Tribunal local.
Por tanto, la sala regional declaró que son fundados los reclamos de las omisiones y se establecen directrices a seguir por el Tribunal local.