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SRCDMX confirma resolución del INE relacionada con los informes anuales de ingresos y gastos del PT en 2021

15/junio /2023 / Sala Regional Ciudad de México 27/2023

Ciudad de México

  • Se modifica resolución del TECDMX relativa a la renovación del Comité Pro-Panteón del pueblo de San Gregorio Atlapulco, alcaldía Xochimilco

La Sala Regional Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), por unanimidad, confirmó la resolución del Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) respecto de las irregularidades encontradas en el dictamen consolidado de la revisión de los informes anuales de ingresos y gastos del Partido del Trabajo (PT) correspondientes al ejercicio 2021 en Ciudad de México, Morelos, Puebla y Tlaxcala.

Al dictar la sentencia en el recurso de apelación SCM-RAP-27/2022, el pleno concluyó que contrario a lo referido por el recurrente, el INE estableció las razones y fundamentos jurídicos por los que las omisiones de reportar operaciones en tiempo real debían sancionarse con una reducción en la ministración mensual; quedando justificado que la sanción de amonestación pública que se impuso en ejercicios pasados no cumplía con el efecto inhibitorio o disuasorio de la falta, cuestión que no fue controvertida por el partido.

Por otra parte, se explicó que tal como sostuvo el INE, el PT no acreditó fehacientemente que las transferencias en efectivo de los Comités Ejecutivos Estatales (CEE) al Comité Ejecutivo Nacional (CEN) cumplieran lo establecido en el Reglamento de Fiscalización, pues la documentación que proporcionó no es apta para acreditar que con ellas se hicieron pagos a proveedurías, prestación de servicios o de impuestos registrados en la contabilidad de los CEE de Morelos y Tlaxcala.

Aunado a lo anterior, se señaló que la falta de acreditación del objeto partidista de diversos gastos reportados implicó el ejercicio indebido de recursos públicos, al considerar que los mismos no fueron ejercidos para alguno de los fines constitucionalmente establecidos, y no únicamente el incumplimiento de la obligación de rendir cuentas, por lo que las conductas sancionadas implicaron una vulneración directa a los principios de legalidad, certeza y transparencia en la rendición de cuentas protegidos por las normas.

En consecuencia, la sala regional confirmó la resolución impugnada.

Se modifica resolución del TECDMX relativa a la renovación del Comité Pro-Panteón del pueblo de San Gregorio Atlapulco, alcaldía Xochimilco

La Sala Regional, por unanimidad, modificó la resolución del Tribunal Electoral de la Ciudad de México (TECDMX) que invalidó la asamblea celebrada el 10 de julio de 2022, en la que se había determinado elegir una nueva integración del Comité Pro-Panteón del pueblo de San Gregorio Atlapulco, alcaldía Xochimilco y, asimismo, declaró que debía permanecer la integración de ese comité que fue elegida en la asamblea de 11 de abril de 2022, hasta que concluyera el periodo para el cual fue electa.

Al resolver el juicio SCM-JDC-80/2023, el pleno concluyó que la determinación del TECDMX, a través de la cual pretendió asegurar la permanencia de las personas que integraban el mencionado comité hasta en tanto no finalizaran el periodo para el cual fueron electas, se tradujo en una decisión que trastocó eventualmente los derechos de autonomía y libre autodeterminación del pueblo originario, ya que el tribunal local de ninguna manera podía impedir o imposibilitar que la comunidad realizara las actuaciones que fueran apegadas a su propio sistema normativo interno, a fin de terminar de manera anticipada los cargos de quienes integran sus autoridades tradicionales.

Por tanto, la sala regional modificó la resolución impugnada.