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SALA MONTERREY ORDENA AL TRIBUNAL DE QUERÉTARO ESTUDIAR LA DEMANDA DE UNA REGIDORA POR POSIBLES ACTOS CONSTITUTIVOS DE VPG

30/marzo /2023 / Sala Regional Monterrey 6/2023

Monterrey

 

En sesión pública del 30 de marzo, el pleno de la Sala Regional Monterrey, al resolver el SM-JE-12/2023, revocó la resolución del Tribunal Querétaro que desechó los juicios promovidos por una regidora por supuestos actos de violencia política en razón de género en su contra porque el Tribunal Local consideró que su impugnación quedó sin materia pues ya no existía la omisión de dar respuesta a sus solicitudes de información.

 

En su resolución, la Sala Regional Monterrey explica que, a diferencia de lo considerado por el Tribunal Local, el análisis no podía centrarse únicamente en la  omisión de la Secretaría del Ayuntamiento de dar respuesta a las tres solicitudes de información presentadas por la actora pues era necesario que estudiara el contexto de la posible afectación al desempeño del cargo en su perjuicio, como lo hizo valer en sus demandas locales en las que afirmó que desde junio de 2022 solicitó información del ayuntamiento y a la fecha de la presentación de las demandas locales no le había sido entregado. Además que tampoco se pronunció sobre la dilación injustificada para darle respuesta o si se realizó en breve término.

 

Esto porque, atendiendo a la doctrina desarrollada por el Tribunal Electoral, cuando se hace valer la posible vulneración a un derecho político-electoral en un contexto de hechos posiblemente constitutivos de VPG, estos deben ser analizados de manera exhaustiva a fin de garantizar la restitución del pleno ejercicio y goce del derecho vulnerado.

 

Por otra parte, en el diverso juicio electoral SM-JE-11/2023, la Sala Regional Monterrey confirmó la resolución del Consejo General del INE que sancionó a un partido político por no reportar los ingresos derivados de las aportaciones de militantes que recibió a través de un Presidente de un Comité Municipal, durante el ejercicio 2018.

 

Al respecto, la Sala Regional estableció que, contrario a lo señalado por el partido impugnante, la autoridad sí señaló qué ordenamientos y artículos fueron vulnerados con el actuar del partido y en qué supuesto se encuadraba la conducta infractora, además que la sanción fue correcta.

 

Finalmente, en la sesión pública se determinó la improcedencia de un juicio promovido por una ciudadana contra la resolución de una Junta Distrital Ejecutiva del INE en el estado de Tamaulipas, que declaró improcedente el trámite de rectificación a la Lista Nominal de Electores que se utilizaría en la pasada jornada electoral para la elección de una senaduría de mayoría relativa por esa entidad, porque la pretensión de la promovente se consumó de modo irreparable, dado que la elección en la que aspiraba votar ya se celebró.

 

Durante la sesión, el Pleno resolvió 2 juicios electorales y 1 juicio para la protección de los derechos político electorales de la ciudadanía un total de 3 medios de impugnación. 

 

La Sala Monterrey del TEPJF es la instancia constitucional encargada de revisar las resoluciones emitidas por los Tribunales, Institutos, Congresos, Ayuntamientos, partidos políticos, y cualquier autoridad que emite actos que vulneren los derechos político-electorales en los estados de Aguascalientes, Coahuila, Guanajuato, Nuevo León, San Luis Potosí, Tamaulipas y Zacatecas.