LA SALA REGIONAL TOLUCA DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN REVOCA MULTA IMPUESTA A SÍNDICO MUNICIPAL EN EL ESTADO DE HIDALGO.
28/marzo /2023 / Sala Regional Toluca 12/2023
Toluca de Lerdo, a
Esa decisión se tomó porque, como se explicó en la sesión, el citado funcionario no fue apercibido en lo individual a efecto de que se cumpliera con la sentencia emitida en el expediente principal, sino que, a quien se apercibió, fue al Ayuntamiento como persona jurídica u órgano colegiado y no a alguno o todos sus integrantes en lo particular. De ahí que no era dable que de manera individual se sancionara al referido Síndico.
En un medio de impugnación ciudadano, el colegiado regional validó la sentencia pronunciada por el Tribunal Electoral del Estado de México que, a su vez, confirmó el desechamiento de la queja presentada en contra del Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en el Congreso local, por la presunta difusión de diversas publicaciones en redes sociales. Decisión de la y los Magistrados federales, que se basó en la medular circunstancia de que los motivos de disenso esgrimidos por el partido actor eran genéricos e imprecisos, esto es, no controvertían las consideraciones torales contenidas en la sentencia emitida por el tribunal local, como lo son aquellas respecto de que las publicaciones denunciadas no contenían elementos mínimos para poder ser consideradas como propaganda política o electoral.
“Documento con fines de divulgación. Las sentencias son la única versión oficial.”
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Quinta Circunscripción
Colima, Hidalgo, Estado de México y Michoacán