SRCDMX modifica resolución del TECDMX para que se defina quién fungirá como autoridad tradicional del Pueblo de San Luis Tlaxialtemalco
23/marzo /2023 / Sala Regional Ciudad de México 12/2023
Ciudad de México
- Se confirma resolución del TEEGRO relacionada con la distribución de competencias sobre asuntos de violencia política en razón de género
La Sala Regional Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), por unanimidad, modificó la resolución del Tribunal Electoral de la Ciudad de México (TECDMX) que, entre otras cuestiones, determinó tener al Consejo Autónomo de Gobierno como autoridad tradicional del Pueblo de San Luis Tlaxialtemalco, Xochimilco.
Al dictar la sentencia en el juicio SCM-JDC-7/2023 y acumulado, el pleno consideró que la decisión del TECDMX vulneró la libre determinación del Pueblo de San Luis Tlaxialtemalco, porque pasó por alto que antes de ordenar la emisión de una nueva convocatoria a efecto de que la asamblea comunitaria aprobara los lineamientos para la renovación de las personas integrantes del Concejo Autónomo, resultaba imprescindible que en primer lugar se dilucidara si era voluntad de ese colectivo poblacional que dicho Concejo continuara fungiendo como su autoridad representativa.
En ese entendido, se concluyó que si la controversia puesta a consideración del Tribunal local hacía evidente la inconformidad de un sector del Pueblo al respecto, entonces los efectos de su decisión no debieron establecerse a partir del reconocimiento del Concejo Autónomo como autoridad tradicional.
En consecuencia, la sala regional modificó la resolución impugnada para que sea la asamblea comunitaria quien, en principio, decida si el Concejo Autónomo debe seguir fungiendo como su autoridad representativa o no y, en su caso, sea la que defina los lineamientos para la renovación de sus integrantes o de la autoridad que se decida.
Finalmente, en este asunto se determinó sobreseer el juicio SCM-JDC-15/2023 al haber sido promovido de manera extemporánea.
Se confirma resolución del TEEGRO relacionada con la distribución de competencias sobre asuntos de violencia política en razón de género
La Sala Regional, por unanimidad, confirmó la resolución del Tribunal Electoral del Estado de Guerrero (TEEGRO) que, a su vez, convalidó el acuerdo del instituto local por el cual se declaró incompetente para conocer de la denuncia presentada por la actora para reclamar posibles actos constitutivos de violencia política en razón de género presuntamente cometida en su perjuicio por integrantes del Comité Directivo Estatal del Partido Acción Nacional y ordenó reencauzarla a la Comisión Especial de Atención a la Violencia Política en Razón de Género contra las Mujeres Militantes de ese instituto político.
Al resolver el juicio SCM-JDC-3/2023, el pleno concluyó que la remisión de la queja por parte del instituto local al partido político, era acorde al esquema de distribución de competencias existente entre los diversos órganos encargados de investigar y sancionar la violencia política de género, ya que la controversia no incidía en algún proceso electoral local.
Por tanto, se confirmó la resolución impugnada.