AMÉRICO VILLAREAL, ENTONCES CANDIDATO A LA GUBERNATURA DE TAMAULIPAS ADQUIRIÓ TIEMPO EN TELEVISIÓN DE FORMA INDEBIDA DURANTE EL PROCESO LOCAL DE ESA ENTIDAD: SALA ESPECIALIZADA
11/agosto /2022 / Sala Regional Especializada 30/2022
CDMX
En un primer asunto se tuvo por acreditada la responsabilidad indirecta de Américo Villarreal, entonces candidato a la gubernatura en Tamaulipas, así como de los partidos políticos que lo postularon (MORENA, PT y PVEM) por la entrevista en la que participó el 2 de abril en la que se advirtió una presentación y exposición de su trayectoria y cualidades, cuestiones que no se encontraban permitidas por la temporalidad en la que se emitieron, aunado a que se difundieron fuera de los tiempos que la ley destina al efecto, mismos que son administrados por el Instituto Nacional Electoral.
En ese sentido, se determinó que la empresa Agencia Digital, S.A. de C.V., quien reconoció y aceptó ser la empresa encargada de la realización de la entrevista, así como las concesionarias Multimedios Televisión y Televisión Digital, encargadas de difundir la entrevista, vulneraron el modelo de comunicación política al generar una inequidad en la contienda del proceso local en Tamaulipas, razón por la cual, respecto de todas las partes, se determinó la imposición de diversas multas.
(SRE-PSC-152/2022)
En otro asunto, el Pleno determinó que el gobernador de Tamaulipas, Francisco Javier Cabeza de Vaca, difundió propaganda gubernamental en periodo prohibido durante el proceso de revocación de mandato del presidente de la República, derivado de las expresiones realizadas durante una entrevista que se le realizó el 9 de marzo en el programa “Ciro por la Mañana” de Radio Fórmula, en la Ciudad de México, en la que destacó logros y acciones del gobierno que encabeza con la finalidad de generar aceptación o adhesión de la ciudadanía. Asimismo, la Sala concluyó que no se acreditó el uso indebido de recursos públicos ni la promoción personalizada.
Por lo anterior, se ordenó dar vista al Congreso local para que emita la determinación que en derecho proceda por la conducta que se actualizó, respecto del citado servidor público.
(SRE-PSC-153/2022)
Finalmente, en otro de los asuntos, se determinó que la diputada federal, Andrea Chávez y otras personas usuarias de la red social Twitter, cometieron violencia política contra las mujeres en razón de género contra otra diputada federal, por la exposición de múltiples mensajes que tuvieron la intención de descontextualizar su trabajo legislativo y ridiculizarla, hecho que se traduce en la comisión de violencia simbólica por medios digitales.
Derivado de ello, se ordenó dar vista a la Mesa Directiva y a la Contraloría Interna de la Cámara de Diputaciones para que, en el ámbito de sus atribuciones, determine lo que corresponda por el actuar de la diputada federal; respecto del resto de las personas usuarias de la red social que pudieron ser localizadas, se ordenó la imposición de diversas multas.
En todos los casos, se ordenó la imposición de sendas medidas de reparación, como la publicación de un extracto de la sentencia, la realización de cursos en materia de violencia política y la inscripción en el Registro de Personas Sancionadas en Materia Política contra las Mujeres en Razón de Género del Instituto Nacional Electoral, entre otros.
(SRE-PSC-154/2022)