SALA REGIONAL TOLUCA DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN REVOCA MULTA IMPUESTA POR EL TRIBUNAL DEL ESTADO DE HIDALGO A PRESIDENTE MUNICIPAL.
3 /agosto /2022 / Sala Regional Toluca 37/2022
Toluca de Lerdo, a
La razón por la que los Magistrados federales tomaron esa decisión se debió a que la multa impuesta resulta excesiva e incongruente, dado que el Tribunal Electoral local no expuso argumentos para justificar el por qué se debía aplicar el monto máximo de la sanción y no algún otro, siendo que la infracción fue graduada como leve ordinaria.
De esa manera, el Tribunal estatal deberá fundada y motivadamente pronunciarse sobre la procedencia de la medida de apremio y congruente con la calificación de la infracción, ponderar las circunstancias que rodean al caso e imponer la sanción correspondiente. Calificativa que no podrá ser agravada, atendiendo al principio de no reformar en perjuicio.
“Documento con fines de divulgación. Las sentencias son la única versión oficial.”
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Quinta Circunscripción
Colima, Hidalgo, Estado de México y Michoacán