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SRCDMX confirma registro de Fuerza por México Tlaxcala como partido político local

28/abril /2022 / Sala Regional Ciudad de México 24/2022

Ciudad de México

  • Se sobresee juicio relacionado con posible VPMG atribuida a una diputada local hacia la Jefa de Gobierno de la Ciudad de México

La Sala Regional Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), por unanimidad, confirmó la resolución del Tribunal Electoral de Tlaxcala que convalidó el registro de Fuerza por México (FXM) Tlaxcala como partido político local.

Al dictar sentencia del juicio SCM-JRC-8/2022, el pleno esencialmente determinó que FXM en Tlaxcala sí cumplió con los requisitos legales necesarios para obtener su registro como partido político local, tal como lo estableció el tribunal local; en tanto que aquellos que aún se encontraban en vías de ser cumplimentados, se entendían supeditados a que el partido lo hiciera dentro del plazo concedido por el instituto local, bajo el riesgo que de no hacerlo así, el registro condicionado que le fue otorgado por dicha autoridad electoral podría quedar sin efectos.

En consecuencia, la sala regional confirmó la resolución impugnada.

Se sobresee juicio relacionado con posible VPMG atribuida a una diputada local hacia la Jefa de Gobierno de la Ciudad de México

La Sala Regional, por unanimidad, sobreseyó el juicio que controvierte la resolución del TECDMX que confirmó el acuerdo del Instituto Electoral de la Ciudad de México en que se admitió un procedimiento sancionador contra la parte actora por la realización de diversas publicaciones en redes sociales que podrían constituir violencia política por razón de género (VPMG).

En el juicio SCM-JE-22/2022, el pleno concluyó que la materia de la impugnación ha quedado extinta porque el Tribunal local al resolver el procedimiento sancionador contra la parte actora -en su calidad de diputada local- tuvo por no ratificada la queja debido a que el expediente carecía de constancias que demostraran el consentimiento de la Jefa de Gobierno para ratificar la queja presentada contra la parte actora.

Por tanto, se sobreseyó el juicio.