LA SALA REGIONAL XALAPA MODIFICA SENTENCIA DEL TEV RELATIVA AL REGISTRO DE “FUERZA POR MÉXICO VERACRUZ” COMO PARTIDO POLÍTICO LOCAL
24/febrero /2022 / Sala Regional Xalapa 9/2022
Xalapa-Enríquez, Veracruz
En sesión pública celebrada por el sistema de videoconferencia, la Sala Regional Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) modificó la sentencia dictada por el Tribunal Electoral de Veracruz (TEV) que, entre otras cuestiones, confirmó el acuerdo del Organismo Público Local Electoral (OPLEV) relativo al otorgamiento del registro de “Fuerza por México Veracruz” como partido político local.
El Pleno de la Sala Regional determinó modificar la sentencia impugnada sólo por cuanto hace al rencauzamiento de diversos actos cuestionados por la demandante para que los resuelva la Comisión Permanente Estatal —órgano previsto en los Estatutos partidistas para resolver determinados medios de impugnación—, ya que el TEV dejó de fundar y motivar si, al tratarse de un partido político de reciente registro, dicha Comisión se encontraba constituida, integrada e instalada.
Aunado a lo anterior, también se determinó que el TEV fue omiso en dar el cauce correspondiente a diversas manifestaciones hechas por la demandante que pueden ser constitutivas de violencia política de género cometidos en su contra.
Por tanto, se ordenó al TEV que emita una nueva determinación, en la que funde y motive, esencialmente, lo siguiente:
1. Si la Comisión Permanente Estatal está constituida, integrada e instalada conforme a los Estatutos partidistas.
2. Si las manifestaciones que reencauzó a dicha instancia partidista se tornarían irreparables para el caso de que esa instancia no estuviera constituida, integrada e instalada.
3. Si se actualiza algún supuesto de excepción al principio de definitividad para dejar de agotar la justicia interna del partido político Fuerza por México Veracruz.
4. Con plenitud de atribuciones, determine lo necesario para dar el cauce que corresponda a las manifestaciones contenidas en el escrito de 21 de enero, relacionadas con el acoso virtual denunciado.
5. Conteste la solicitud respecto a dar trámite a un procedimiento ante el Órgano Interno de Control del OPLEV en contra de la titular de la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos.
Por otra parte, dado que los demás agravios presentados ante la Sala Regional fueron desestimados, se confirmó el registro de “Fuerza por México Veracruz” como partido político local.
En la sesión pública no presencial por el sistema de videoconferencia celebrada este 24 de febrero, se resolvieron 10 medios de impugnación: siete juicios ciudadanos, dos juicios electorales y un recurso de apelación.
Lo anterior, en cumplimiento al Acuerdo General 8/2020 de la Sala Superior del TEPJF en el que se precisan criterios a fin de discutir y resolver de forma no presencial asuntos de la competencia del TEPJF, ante la emergencia sanitaria provocada por el virus SARS-CoV2 (COVID-19).
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