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SALA REGIONAL TOLUCA DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN CONFIRMÓ LA RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL ESTATAL RESPECTO A LA VIOLACIÓN AL PERIODO DE VEDA ELECTORAL.

27/diciembre /2021 / Sala Regional Toluca 87/2021

Toluca de Lerdo, a

 En sesión pública no presencial celebrada por videoconferencia el lunes veintisiete de diciembre, el órgano jurisdiccional federal de la Quinta Circunscripción Plurinominal por mayoría de votos convalidó el fallo del Tribunal Electoral del Estado de Michoacán que declaró la existencia de la infracción a la normativa comicial atribuida a un Delegado nacional partidista, por violación al periodo de veda electoral y principio de equidad en la contienda comicial.

 En diverso controversial en el que se controvirtió la sentencia del Tribunal Electoral del Estado de México que declaró la inexistencia del uso indebido de programas sociales atribuido a un candidato a la presidencia municipal de Jilotepec, los Magistrados federales determinaron confirmar la resolución del órgano judicial estatal, porque los elementos probatorios aportados fueron insuficientes para acreditar la irregularidad alegada.

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Quinta Circunscripción
Colima, Hidalgo, Estado de México y Michoacán