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CLAUDIA SHEINBAUM NO REALIZÓ PROPAGANDA GUBERNAMENTAL PERSONALIZADA CON LA DIFUSIÓN DE SPOT CON MOTIVO DE SU SEGUNDO INFORME DE LABORES: SALA ESPECIALIZADA

25/noviembre /2021 / Sala Regional Especializada 49/2021

CDMX

 El Pleno concluyó que el spot refiere obras de gobierno y enfatiza los objetivos de justicia e igualdad, sin que la referencia del titular del Ejecutivo Federal tenga como finalidad enaltecerlo.

 La Sala Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó, por unanimidad, que la jefa de Gobierno de la Ciudad de México, Claudia Sheinbaum Pardo, no realizó propaganda gubernamental personalizada por la difusión del promocional denominado “Movimiento en Transformación”, en el contexto de su Segundo Informe de Labores, realizado el 17 de septiembre de 2020.

Lo anterior, en cumplimiento al recurso de revisión del procedimiento especial sancionador SUP-REP-286/2021 y acumulados, en cuya sentencia la Sala Superior del Tribunal Electoral ordenó a esta Sala hacer un análisis pormenorizado del spot mencionado y determinar si su contenido forma parte de las acciones realizadas por la Jefa de Gobierno durante su función pública y, por ende, si puede considerarse como parte de sus actividades a reportar y para dar a conocer a la ciudadanía.

Al analizar el promocional controvertido, el Pleno de esta Sala Especializada determinó que no se acredita el elemento objetivo de la promoción personalizada, es decir, tuvo como finalidad promocionar de manera genérica las acciones realizadas y reportadas por la jefa de gobierno en su segundo informe, como son el combate a la corrupción, reducción de privilegios de personas servidoras públicas, ampliación de derechos y reducción de desigualdades, acciones realizadas por el Gobierno de la Ciudad de México.

Finalmente, al no acreditarse la promoción personalizada de la Jefa de Gobierno de la Ciudad de México, tampoco se confirmó el uso indebido de recursos públicos. Del asunto se excusó la magistrada Gabriela Villafuerte Coello, motivo por el cual participó del mismo el Secretario General de Acuerdos de la Sala Especializada, en funciones de magistrado, Gustavo César Pale Beristain.

En la misma sesión por videoconferencia, el Pleno de la Sala Especializada dio cumplimiento a otro recurso de revisión del procedimiento especial sancionador, el SUP-REP-371/2021, en el cual, la superioridad instruyó a esta Sala a emitir una nueva sentencia para fijar e individualizar la sanción de Carolina Beauregard, entonces candidata a diputada federal por la coalición “Va por México”, por la vulneración al principio de laicidad al utilizar expresiones religiosas en su propaganda electoral a través de un video difundido en sus perfiles de Facebook y Twitter. De modo que, una vez realizadas las diligencias necesarias para conocer la capacidad económica real y actual de la entonces candidata, se realizó la reindividualización de la sanción consistente en una multa de 120 unidades de medida y actualización (UMAS).