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SRCDMX confirma resolución del TEEM que convalidó la asignación natural de las personas integrantes del ayuntamiento de Tlayacapan

11/noviembre /2021 / Sala Regional Ciudad de México 78/2021

Ciudad de México

  • Se confirma resolución del INE relativa a la fiscalización de las campañas locales del Partido Movimiento Alternativa Social en Morelos

La Sala Regional Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), por unanimidad, confirmó la resolución del Tribunal Electoral del Estado de Morelos (TEEM) que esencialmente aprobó la asignación natural de las regidurías de representación proporcional (RP) del ayuntamiento de Tlayacapan y por la cual se consideró innecesario realizar ajustes en su integración.

Al dictar la sentencia del juicio SCM-JDC-2249/2021, el Pleno señaló que tal como lo estableció el TEEM, de conformidad con las reglas sobre paridad de género y las acciones afirmativas establecidas a favor de personas indígenas y pertenecientes a grupos vulnerables, desde la primera asignación de regidurías de RP se garantizaba una integración armónica y completa que no ameritaba realizar ajuste alguno, por lo que se consideró adecuado conservar la integración original de ese ayuntamiento conforme al orden inicialmente propuesto por los partidos políticos postulantes, sin que ello implicara un trato discriminatorio o fuera de lo regulado a nivel constitucional o por los tratados internacionales.

Se explicó también que la asignación se realizó conforme a las listas paritarias y alternadas de los partidos políticos (en específico del Partido Morelos Progresa, que cumplió con esa obligación) y de acuerdo con las reglas de la normativa electoral previstas para garantizar una integración paritaria.

Por otra parte, se determinó que el candidato asignado como segundo regidor sí cuenta con la calidad de ser persona indígena porque su registro se otorgó conforme a los criterios de autoadscripción, lo que implica una presunción reforzada sobre el cumplimiento de ese requisito.

En consecuencia, se confirmó la resolución impugnada.

Se confirma resolución del INE relativa a la fiscalización de las campañas locales del Partido Movimiento Alternativa Social en Morelos

La Sala Regional, por unanimidad, confirmó la resolución del Instituto Nacional Electoral (INE) relacionada con la fiscalización de los gastos de campaña de las candidaturas del Partido Movimiento Alternativa Social a los cargos de diputaciones locales y Ayuntamientos en el estado de Morelos.

Al resolver el recurso SCM-RAP-70/2021, el Pleno determinó que, como lo expuso el INE, el partido omitió presentar el original de la ficha de depósito o comprobante impreso de la transferencia electrónica en donde se identifique la cuenta bancaria de origen y destino por concepto de aportaciones en efectivo.

Respecto al agravio por la omisión de presentar 686 comprobantes XML correspondientes a representantes de casilla, se concluyó que el partido incurrió en un registro de operaciones cuya comprobación no resultó idónea, pues colocó a la autoridad fiscalizadora en la necesidad de realizar procedimientos extraordinarios de comprobación de operaciones a fin de obtener la certeza del manejo de los recursos.

Por tanto, se confirmó la resolución impugnada.