SALA REGIONAL TOLUCA DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN CONFIRMA SENTENCIAS RELACIONADAS CON ELECCIONES DE CALPULHUAC, OCUILÁN Y ALMOLOYA DE JUÁREZ, ESTADO DE MÉXICO
29/septiembre/2021 / Sala Regional Toluca 74/2021
Toluca de Lerdo, a
En diverso juicio ciudadano, los Magistrados Electorales revocaron el fallo del Tribunal Electoral del Estado de Michoacán, al declarar fundado el agravio relativo a que el Congreso de esa entidad federativa omitió en términos de la Ley de Mecanismos de Participación Ciudadana notificar fehacientemente a los actores la admisión del escrito de petición de iniciativa ciudadana de una reforma a la Constitución local. Por lo que ordenó la práctica de esa notificación personal a los peticionarios en el domicilio señalado al efecto.
En la misma sesión pública, los jueces electorales regionales determinaron confirmar la sentencia del Tribunal Electoral michoacano que sancionó con amonestación pública a un candidato a presidente municipal y a los partidos políticos que lo postularon por la utilización de imagen de menores de edad en propaganda electoral, sin que se haya demostrado que previamente se recabó el consentimiento de quienes ejercen la patria potestad.
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Quinta Circunscripción
Colima, Hidalgo, Estado de México y Michoacán