SALA REGIONAL TOLUCA DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN RESUELVE ELECCIÓN DE DIPUTACIONES DE MAYORÍA RELATIVA Y REPRESENTACIÓN PROPORCIONAL EN COLIMA
27/septiembre/2021 / Sala Regional Toluca 73/2021
Toluca de Lerdo, a
En relación a la elección de la diputación por el principio de mayoría relativa del Distrito Electoral Uninominal 12 con cabecera en Manzanillo, Colima, Sala Regional Toluca sostuvo que la legislación local permite competir a quien aspire al cargo de una diputación local por vía de la elección consecutiva por un distrito distinto de aquél en que se participó en la ocasión anterior; siendo que en el caso juzgado, se hizo un ajuste armónico entre el principio de paridad de género y reelección.
En otro de los asuntos resueltos, los Magistrados Regionales modificaron la asignación de diputados locales por el principio de representación proporcional en el Estado de Colima, a fin de que todos los partidos políticos participantes tengan una representación en la legislatura lo más proporcional a la votación que hayan obtenido, de modo que nadie quede fuera de los límites constitucionales relativos a la sobre y subrepresentación. Asimismo, atendiendo al principio de paridad de género, el Congreso local quedó integrado con trece diputadas y doce diputados.
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Quinta Circunscripción
Colima, Hidalgo, Estado de México y Michoacán