header

SALA REGIONAL XALAPA ANULA LA ELECCIÓN DEL AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE SANTA CRUZ XOXOCOTLÁN, OAXACA

6 /septiembre/2021 / Sala Regional Xalapa 60/2021

Xalapa-Enríquez, Veracruz

• Confirmó la validez de las elecciones celebradas en 20 municipios de los estados de Campeche, Chiapas, Oaxaca, Quintana Roo, Tabasco y Veracruz.
• Confirmó la validez de las elecciones de diputaciones locales celebradas en cinco distritos electorales del estado de Oaxaca.
• Confirmó la asignación de regidurías por el principio de representación proporcional para integrar el Ayuntamiento del municipio de Comalcalco, Tabasco.
• Confirmó la sentencia del TEQRoo que determinó la existencia de violencia política atribuida a diversos servidores públicos del Ayuntamiento de Solidaridad.-----------------

En sesión pública celebrada por el sistema de videoconferencia, la Sala Regional Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) anuló la elección de la concejalía del municipio de Santa Cruz Xoxocotlán, al revocar la sentencia emitida por el Tribunal Electoral del Estado Oaxaca (TEEO) que confirmó los resultados consignados en el acta de cómputo de la citada elección municipal, así como el otorgamiento de las constancias de mayoría y validez correspondientes.

El Pleno arribó a tal determinación toda vez que el TEEO incumplió con su deber de juzgar bajo el principio de exhaustividad, puesto que realizó una valoración superficial de las pruebas. Por lo que, con plenitud de jurisdicción, se decidió analizar los planteamientos formulados por el partido político Fuerza por México y su candidato, relacionados con la afectación a la equidad en la contienda electoral.

A partir de ello, la magistrada y los magistrados de la Sala valoraron de manera conjunta el material probatorio y determinaron declarar la nulidad de la elección motivo de disenso, ya que ésta se realizó en un contexto de violencia generalizada en el que, además, la candidata electa hizo uso de los logros del gobierno municipal para promocionarse e, incluso, quedó demostrado que existió injerencia de su esposo, quien es el actual presidente municipal, lo que se tradujo en una afectación al principio de equidad en la contienda.

Consecuentemente, se ordenó al Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca la celebración de elecciones extraordinarias del municipio de Santa Cruz Xoxocotlán.

En otro tema, la Sala Regional Xalapa confirmó diversas sentencias emitidas por los tribunales electorales de los estados de Campeche, Chiapas, Oaxaca, Quintana Roo, Tabasco y Veracruz, las cuales, a su vez, confirmaron los cómputos de las elecciones de 20 municipios de dichos estados y de cinco diputaciones locales por el principio de mayoría relativa (MR), celebradas en igual número de distritos del estado de Oaxaca, así como la entrega de las constancias de mayoría y validez respectivas. Todo ello, al resolver 30 juicios de revisión constitucional electoral y cuatro juicios ciudadanos federales.

Por cuanto hace al estado de Campeche, se confirmó el cómputo de la elección del municipio de Champotón, así como la entrega de constancia de mayoría y validez a la planilla ganadora postulada por MORENA.

En el estado de Chiapas, se confirmó el cómputo del municipio de Chiapa de Corzo, así como la entrega de la constancia de mayoría a las candidaturas del Partido Verde Ecologista de México (PVEM).

Con relación al estado de Oaxaca, se confirmaron los cómputos y la entrega de las constancias de mayoría y validez de las elecciones celebradas en los municipios de Miahuatlán de Porfirio Díaz y Santiago Juxtlahuaca, donde resultaron ganadoras las planillas postuladas por los partidos Unidad Popular (PUP) y MORENA, respectivamente.

Por su parte, en Quintana Roo, se confirmaron las elecciones de tres municipios y el otorgamiento de las constancias respectivas, conforme a lo siguiente:

En Tulum y Cozumel se confirmó el otorgamiento de la constancia de mayoría y validez a las candidaturas registradas por la Coalición “Juntos Haremos Historia en Quintana Roo”, conformada por MORENA, PVEM, Partido del Trabajo (PT) y Movimiento Auténtico Social (MAS).

Por su parte, en el municipio de Solidaridad, se confirmó la entrega de la constancia de mayoría y validez otorgada a la planilla postulada por la Coalición “Va por Quintana Roo”, integrada por los partidos políticos Acción Nacional (PAN), Revolucionario Institucional (PRI), de la Revolución Democrática (PRD) y el partido Confianza por Quintana Roo (CQ).

Ahora bien, en el caso del estado de Tabasco, se confirmaron los cómputos de las elecciones de los municipios de Macuspana y Comalcalco, así como la entrega de constancia de mayoría y validez a las candidaturas ganadoras postuladas por el partido político MORENA.

Cabe hacer mención que, respecto al municipio de Comalcalco, dentro de la misma sesión pública, el Pleno de la Sala también confirmó la asignación de regidurías por el principio de representación proporcional (REP) para integrar el Ayuntamiento, así como el otorgamiento de las constancias respectivas a favor de las fórmulas postuladas por el PRD.

Por cuanto hace al estado de Veracruz, se confirmaron los cómputos de las elecciones de 11 municipios, tal y como se detalla a continuación:

En los municipios de Agua Dulce, Alto Lucero, Emiliano Zapata, Río Blanco y Tepetlán, se confirmó la entrega de las constancias respectivas a las planillas postuladas por la Coalición “Juntos Haremos Historia en Veracruz”, compuesta por MORENA-PVEM-PT.

En tanto que, en el municipio de Calcahualco, se confirmó la entrega de constancia de mayoría y validez otorgadas a las candidaturas postuladas por la coalición “Veracruz Va”, integrada por el PAN-PRI-PRD.

En Jalcomulco y Mecatlán se confirmaron las constancias expedidas a favor de las planillas registradas por el partido político Movimiento Ciudadano (MC).

Finalmente, respecto de las elecciones municipales celebradas en Atoyac, Sayula de Alemán y Tepatlaxco, se confirmaron las constancias expedidas a favor de las planillas de los partidos políticos ¡Podemos!, en el primer municipio, MORENA, en el segundo, y el PAN, en el último.

En cuanto a las elecciones de diputaciones locales por el principio de mayoría relativa llevadas a cabo en el estado de Oaxaca, el Pleno de la Sala confirmó la validez del cómputo de los distritos electorales 03, 06, 11, 17 y 23, así como la entrega de las constancias de mayoría y validez, como a continuación se enumera:

En el distrito 03, con cabecera en Loma Bonita, y en el distrito 23, con cabecera en San Pedro Mixtepec, se confirmaron la entrega de las citadas constancias a las fórmulas postuladas por la coalición “Va por Oaxaca”, conformada por el PAN-PRI-PRD.

Respecto al distrito 06, con cabecera en Huajuapan de León, y al distrito 17, en Tlacolula de Matamoros, de igual manera se confirmaron la entrega de constancias de mayoría y validez a las fórmulas postuladas por el partido político MORENA.

Respecto al distrito 11, con cabecera en Matías Romero Avendaño, se confirmó a la fórmula registrada por la Coalición MORENA-PT y Partido Encuentro Solidario (PES).

Todo lo anterior, al desestimar los agravios expuestos por los demandantes, ya que los tribunales electorales de Campeche, Chiapas, Oaxaca, Quintana Roo, Tabasco y Veracruz, según cada caso, fueron exhaustivos y motivaron sus determinaciones correctamente, además de que las irregularidades hechas valer no fueron determinantes para modificar o anular las elecciones controvertidas.

Por último, la Sala Regional Xalapa confirmó la sentencia emitida por el Tribunal Electoral de Quintana Roo (TEQRoo) que determinó la existencia de violencia política atribuida a diversos servidores públicos del Ayuntamiento de Solidaridad, en contra de una de las regidoras del citado Ayuntamiento.

Lo anterior, dado que el TEQRoo fundó y motivó debidamente su determinación, además de que analizó exhaustivamente las pruebas aportadas en la instancia previa concluyendo que, si bien las conductas denunciadas no se encontraban basadas en estereotipos por razón de género o por su condición de mujer, lo cierto era que constituían violencia política, puesto que las omisiones de entregar información solicitada por escrito y en sesiones de Cabildo denotaron la obstaculización en el desempeño del cargo de la denunciante.

En suma, en la sesión pública no presencial por el sistema de videoconferencia celebrada este 06 de septiembre, se resolvieron 62 medios de impugnación: 38 juicios de revisión constitucional electoral,12 juicios ciudadanos federales y 12 juicios electorales.

Lo anterior, en cumplimiento al Acuerdo General 8/2020 de la Sala Superior del TEPJF en el que se precisan criterios a fin de discutir y resolver de forma no presencial asuntos de la competencia del TEPJF, ante la emergencia sanitaria provocada por el virus SARS-CoV2 (COVID-19).