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SALA REGIONAL TOLUCA DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN RESUELVE SOBRE ASIGNACIÓN DE DIPUTADOS LOCALES POR EL PRINCIPIO DE REPRESENTACIÓN PROPORCIONAL EN EL ESTADO DE MICHOACÁN.

3 /septiembre/2021 / Sala Regional Toluca 70/2021

Toluca de Lerdo, a

 En sesión pública vespertina celebrada el viernes tres de septiembre, el órgano jurisdiccional regional examinó y resolvió impugnaciones promovidas en contra del fallo del Tribunal Electoral del Estado de Michoacán que modificó la asignación de diputados locales por el principio de representación proporcional efectuada por el Instituto Electoral, determinando por unanimidad de votos, revocar la sentencia controvertida a fin de que en la asignación de integrantes al Congreso del Estado sean considerados los votos de los partidos participantes en candidatura común.

 Así, una vez que los Magistrados federales efectuaron el cómputo de votos de la circunscripción estatal y contabilizaron los sufragios obtenidos por la candidatura común, dada la proximidad de la toma de protesta de los diputados michoacanos, desarrollaron la fórmula de asignación de representación proporcional precisando que los triunfos obtenidos en mayoría relativa de manera asociada, son para efecto de que los institutos políticos participen en la asignación conforme a su votación individualmente obtenida y no así conforme al siglado pactado en la coalición o candidatura común. Ello, porque los convenios solo surten efectos en la elección de mayoría relativa.

Se precisó en la sesión, que las coaliciones proporcionan a los partidos un margen asociativo y competitivo mayor en la medida en que pueden maximizar sus estrategias partidistas y configurar de manera anticipada la conformación de los grupos parlamentarios, lo que no implica una autorización para convenir alguna modificación a la votación emitida que trascienda hacia la representación proporcional, puesto que las coaliciones no fueron diseñadas para impactar en la asignación de las diputaciones que tiene por fin dar efectividad al pluralismo de las fuerzas políticas que habrán de integrar el Congreso.

De esa forma, en desarrollo y aplicación de la fórmula de representación proporcional, el órgano colegiado jurisdiccional determinó asignar 2 diputados al Partido Acción Nacional, 2 al Revolucionario Institucional, 2 al de la Revolución Democrática, 1 al del Trabajo, 1 al Verde Ecologista de México, 1 a Movimiento Ciudadano, 5 a Morena, 1 a Encuentro Social y 1 a Fuerza por México. Total: 16 diputaciones por el aludido principio.

Cabe destacar que el Congreso del Estado de Michoacán estará conformado por 25 mujeres y 14 hombres, en el entendido de que la elección de diputados correspondiente al 19 Distrito Electoral Uninominal fue invalidada por Sala Regional Toluca.

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