SALA REGIONAL XALAPA CONFIRMA VALIDEZ DE ELECCIONES EN 10 MUNICIPIOS DEL ESTADO DE VERACRUZ
3 /septiembre/2021 / Sala Regional Xalapa 59/2021
Xalapa-Enríquez, Veracruz
En sesión pública celebrada por el sistema de videoconferencia, al resolver 10 juicios de revisión constitucional electoral, la Sala Regional Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó diversas sentencias emitidas por el Tribunal Electoral de Veracruz (TEV) que, a su vez, confirmaron los resultados consignados en el acta de cómputo municipal de las elecciones de 10 municipios de dicho estado, así como el otorgamiento de las constancias de mayoría y validez a las planillas ganadoras, como se precisa a continuación:
En lo que respecta a las elecciones celebradas en los municipios de Acula, Fortín, Gutiérrez Zamora e Ixhuatlán del Café se confirmó el otorgamiento de las constancias respectivas a las planillas postuladas por la Coalición “Juntos Haremos Historia en Veracruz”, integrada por los partidos políticos MORENA, Verde Ecologista de México (PVEM) y del trabajo (PT).
En el municipio de Ixhuatlancillo, se confirmó la entrega de las constancias respectivas a las planillas inscritas por la Coalición “Veracruz Va”, conformada por los partidos políticos Acción Nacional (PAN), Revolucionario Institucional (PRI) y de la Revolución Democrática (PRD).
Por su parte, en los municipios de Atzalan y Benito Juárez se confirmó la entrega de las constancias respectivas a las planillas registradas por el PRI.
Por último, en los municipios de Alpatláhuac, Catemaco y La Antigua se confirmó el otorgamiento de las constancias respectivas a las candidaturas presentadas por el PRD, en el primero de los casos; MORENA, en el segundo; y Movimiento Ciudadano en el tercer municipio.
En todos los casos anteriores, el Pleno de la Sala determinó confirmar las resoluciones impugnadas al declarar inoperantes los agravios formulados por el Partido Cardenista, toda vez que no controvierten de manera frontal las consideraciones hechas por el TEV y, por el contrario, sólo se limitan a enunciar genéricamente el supuesto análisis indebido respecto de los actos realizados por el Consejo General del OPLEV y los consejos municipales respectivos.
Además de que, de la resolución impugnada se advierte que TEV realizó el análisis pormenorizado de las irregularidades hechas valer en esa instancia, así como de las constancias que obran en el expediente de cada caso en particular.
En suma, en la sesión pública no presencial por el sistema de videoconferencia celebrada este 03 de septiembre, se resolvieron 36 medios de impugnación: 10 juicios de revisión constitucional electoral, y 26 recursos de apelación.
Lo anterior, en cumplimiento al Acuerdo General 8/2020 de la Sala Superior del TEPJF en el que se precisan criterios a fin de discutir y resolver de forma no presencial asuntos de la competencia del TEPJF, ante la emergencia sanitaria provocada por el virus SARS-CoV2 (COVID-19).