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SALA MONTERREY CONFIRMA VALIDEZ DE ELECCIÓN DE DIPUTADOS FEDERALES EN LOS DISTRITOS 10 Y 11 DE NUEVO LEÓN

1 /julio /2015 / Sala Regional Monterrey 40/2015

Monterrey, Nuevo León

  • Confirma validez de elección de fórmula del PAN a diputada federal en el distrito 05 de Guanajuato
  • Se confirma elegibilidad de fórmula del PRI y entrega de constancia a diputado federal por el distrito 03 de Tamaulipas
  • Desecha queja del tesorero de Zaragoza, San Luis Potosí por carecer de legitimidad para representar al ayuntamiento

La Sala Monterrey del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó la validez de la elección y entrega de constancias a diputados federales a las fórmulas del Partido Acción Nacional (PAN) encabezadas por Juan Carlos Ruiz García para el distrito 10 en Monterrey, y por Pedro Garza Treviño para el distrito 11 en Guadalupe, ambos de Nuevo León.

Al dictar sentencia de los juicios de inconformidad SM-JIN-5/2015 y SM-JIN-45/2015, los magistrados determinaron que contrario a lo referido por el Partido del Trabajo (PT) en sus quejas, en las dos casillas denunciadas por distrito no se acreditó causal de nulidad. En el distrito 10 está acreditado que la casilla básica 1347 sí se instaló en el lugar autorizado por el Consejo Distrital, pues los datos de ubicación en el acta de la jornada coinciden con los aprobados por dicho órgano. En cuanto a que en ambos distritos se recibió en dos casillas la votación por personas distintas a las facultadas por el consejo, del análisis comparativo de la integración de las mesas de casillas contenidas en el encarte y las actas de la jornada, se concluyó que coinciden los nombres y cargos de las personas que actuaron como funcionarios, o de acuerdo a la ley se cubrió la ausencia de algún funcionario con otro autorizado por la autoridad o por un elector residente en la sección electoral correspondiente. Por tanto, al no acreditarse las causales de nulidad de las votaciones, se confirmó la validez de la elección en los distritos 10 y 11 de Nuevo León.

Confirma validez de elección de fórmula del PAN a diputada federal en el distrito 05 de Guanajuato

En la sesión, la Sala Monterrey confirmó los resultados de la elección y entrega de constancia a diputada federal a la fórmula del PAN encabezada por Alejandra Noemí Reynoso Sánchez en el distrito 05 en León, Guanajuato.

Los magistrados al resolver el juicio SM-JIN-51/2015 determinaron que el PT no acreditó las causales con las que pretendía se anulara la votación recibida en 55 casillas. Explicaron, entre otras cosas, que el partido no precisó en 18 casillas las irregularidades que actualizaban la causal de nulidad. En cuanto a las casillas en las que el PT refirió inconsistencias en las actas de cómputo, se acreditó que fueron objeto de recuento, por lo que los resultados válidos están en las actas de recuento que elaboró el Consejo Distrital. Además, en las casillas que señaló que la votación se recibió por personas o en lugares distintos a los legalmente autorizados, se advirtió que sí fueron los ciudadanos designados como funcionarios de casilla o en lugares determinados por el consejo. En el caso de la sustitución de funcionarios por ausencia, su reemplazo se realizó conforme a la ley, con ciudadanos de la sección electoral respectiva. Al no acreditarse las causales de nulidad de la votación, se concluyó confirmar la validez de la elección.

Se confirma elegibilidad de fórmula del PRI y entrega de constancia a diputado federal por el distrito 03 de Tamaulipas

En otro asunto, la Sala Monterrey confirmó la validez de la elección y entrega de constancia a diputado federal a la fórmula del Partido Revolucionario Institucional (PRI) encabezada por Edgar Melhem Salinas en el distrito 03 de Río Bravo, Tamaulipas.

Los magistrados al dictar sentencia del juicio SM-JIN-12/2015 determinaron que contrario a lo planteado por el PAN en su queja, Ernesto Gabriel Robinson Terán sí es elegible como suplente en la fórmula del PRI pues no estaba obligado a separarse de su cargo como diputado local 90 días previos a la elección. Señalaron que para ejercer el derecho a ser votado, se debe cumplir con los requisitos de elegibilidad y no ubicarse en alguno de los supuestos de inelegibilidad previstos en el marco jurídico. Para el cargo a diputado federal, los requisitos y supuestos se encuentran en los artículos 55 de la Constitución y 10 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (LEGIPE), sin que entre las causas de inelegibilidad se contemple el ostentar el cargo a diputado local. Por tanto, al estimarse que Robinson Terán no tenía la obligación de separarse del cargo local con la antelación referida, se confirmó la elegibilidad del suplente, así como la constancia de validez de la elección.

Desecha queja del tesorero de Zaragoza, San Luis Potosí por carecer de legitimidad para representar al ayuntamiento

La Sala Monterrey desechó el juicio de revisión constitucional SM-JRC-132/2015 presentado por José Antonio Hernández Leija, tesorero del ayuntamiento de Zaragoza, contra la resolución del Tribunal Electoral del Estado de San Luis Potosí que ordenó al ayuntamiento a pagar al síndico municipal y a diversos regidores las prestaciones económicas derivadas de su desempeño en dichos cargos. En específico, pagar a Víctor Hugo Alvarado Vega, las reducciones al salario que recibe al fungir como síndico, y realizar el pago del aguinaldo a favor de Ma. Juana Nieto Gómez, María del Carmen Flores Cárdenas, Florencio Almendariz Salazar e Hilario Rico Mendoza, en su carácter de regidores, así como a Alvarado Vega. Conforme a la ley municipal, Hernández Leija carece de legitimidad para representar al ayuntamiento, por lo que se desechó la inconformidad. No obstante se encuentra en instrucción el juicio electoral presentado por Amada Zavala en su carácter de presidenta municipal de dicho ayuntamiento.

Por último, los magistrados determinaron sobreseer el juicio ciudadano SM-JDC-510/2015 y desechar el juicio SM-JIN-64/2015. En el primero Samuel López Cepeda, contendiente partidista, reclamaba la resolución del Tribunal Electoral del Poder Judicial del Estado de Tamaulipas que confirmó la validez de la asamblea del PAN que eligió a los integrantes del Comité Directivo Municipal de Altamira. Sin embargo, se sobreseyó el juicio debido a que presentó nuevo escrito en el que manifestó su intención de poner fin a la queja, lo que conduce a la terminación de la controversia. El segundo juicio se desechó pues el partido Morena impugnó de manera extemporánea la elección de diputado federal en el distrito 02 en San Pedro, Coahuila ya que el plazo legal para interponer la queja transcurrió del 11 al 15 de junio, y se presentó hasta el 16 siguiente.

Durante la sesión pública, la Sala Monterrey resolvió un juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano, un juicio de revisión constitucional, y 13 juicios de inconformidad, que hacen un total de 15 medios de impugnación.

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