SALA REGIONAL TOLUCA DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN RESUELVE QUE LOS PARTIDOS POLÍTICOS PARTICIPANTES EN UN PROCESO COMICIAL TIENEN INTERÉS JURÍDICO PARA IMPUGNAR LOS ACUERDOS Y RESOLUCIONES DE LA AUTORIDAD ADMINISTRATIVA ELECTORAL.
8 /abril /2021 / Sala Regional Toluca 21/2021
Toluca de Lerdo, Estado de México
Al resolver un juicio de revisión constitucional electoral, el órgano jurisdiccional federal consideró que los partidos políticos participantes en un proceso electivo sí tienen interés jurídico para impugnar y controvertir los acuerdos y resoluciones del órgano administrativo electoral estatal que estimen afectan sus intereses, incluso, los de índole difuso o colectivos, como en el caso, la aprobación por parte del Instituto Electoral del Estado de Hidalgo acerca de reformas a los estatutos de un partido político local, que sirvieron de base para suscribir un convenio de coalición con otros institutos políticos en el proceso electoral de la entidad.
Por ello, revocó la sentencia del Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo que había desechado el recurso interpuesto. Suscríbete a nuestro canal en YouTube: https://www.youtube.com/watch?v=sNDU9hVvJno síguenos en Twitter: @TEPJF_TOL o a través de nuestra página de Facebook: Sala Regional Toluca del TEPJF https://www.facebook.com/salaregionaltolucadelTEPJF/ donde se realiza la transmisión en vivo de nuestras sesiones públicas y eventos de interés. #SoySRT Quinta Circunscripción Colima, Hidalgo, Estado de México y Michoacán