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LA SALA REGIONAL GUADALAJARA DEL TEPJF CONFIRMA SENTENCIA DEL TRIBUNAL ELECTORAL DE JALISCO

14/octubre /2020 / Sala Regional Guadalajara 25/2020

GUADALAJARA, JALISCO

 Es improcedente la solicitud de plebiscito respecto a predio donado a la Universidad de Guadalajara

Al resolver el juicio ciudadano 112 de 2020 los integrantes del pleno confirmaron la resolución del Tribunal Electoral del Estado de Jalisco, que declaró improcedente la solicitud de plebiscito relacionado con la desincorporación y donación de un área natural en el municipio de Tlaquepaque, pues los argumentos del actor no superaron los razonamientos que llevaron a la responsable a concluir que la solicitud de plebiscito debía declararse improcedente.

En otro asunto, en el juicio de revisión constitucional electoral 20 de este año, consideraron que el tribunal responsable no vulneró el principio de anualidad presupuestal establecido en el artículo 54 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, al determinar que el PES Jalisco, ahora SOMOS, tiene derecho a recibir financiamiento público correspondiente de septiembre a diciembre de dos mil diecinueve, por lo que se confirmó la orden de darle trámite al oficio remitido por el Instituto electoral local, para que se encuentre en posibilidades de entregar el financiamiento respectivo.

La sesión de la Sala Regional Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación se realizó conforme al acuerdo número 8/2020 de la Sala Superior del TEPJF, por el que se reanuda la resolución de todos los medios de impugnación.

En dicha sesión se resolvieron 3 juicios para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano y 3 de revisión constitucional electoral, que pueden ser consultados en el portal del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación www.te.gob.mx