LA EXPOSICIÓN Y LECTURA DEL DOCUMENTO "RESCATEMOS A MÉXICO" NO VULNERA LA NORMATIVA ELECTORAL
5 /octubre /2020 / Sala Regional Especializada 12/2020
CDMX
La Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó, que el documento “Rescatemos a México” no contiene elementos bajo los cuales pueda considerarse propaganda gubernamental, porque: - No se dan a conocer acciones de gobierno, avances o desarrollo económico y beneficios o compromisos cumplidos por parte del Gobierno a la ciudadanía; Se estableció que el documento se presentó en la conferencia de prensa matutina del Presidente de la República del pasado nueve de junio, en el apartado de preguntas y respuestas formuladas por los medios de comunicación, y que en su contenido se daba cuenta de una visión hipotética sobre la manera en la que actuarán diversas personas a las que se les identifica como parte de un “bloque opositor” y, a su vez, presenta una crítica severa sobre el ejercicio de las políticas públicas. De su análisis, no se acreditó que estuviera dirigido a influir en las preferencias electorales de la ciudadanía para votar a favor o en contra de algún partido político o de alguna candidatura en particular, con lo cual se transgrediera el principio de imparcialidad por parte del servicio público. Por cuanto hace a la supuesta promoción personalizada en favor del Presidente de la República, se consideró que no se advierte que se realice una exaltación de la figura o calidad del Titular del Ejecutivo Federal. En esta lógica, se determinó la inexistencia de la infracción relativa al uso indebido de recursos públicos. Contra la posición mayoritaria, la Magistrada Gabriela Villafuerte Coello consideró que la lectura y exposición del documento “Rescatemos a México” rebasó esos límites razonables de la propaganda gubernamental, porque se resaltó contenido que evidenciaba una estrategia de naturaleza electoral.