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SALA REGIONAL TOLUCA REVOCÓ EL ACUERDO DEL PRESIDENTE DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL ESTADO DE MÉXICO DICTADO EN UN INCIDENTE DE INEJECUCIÓN DE SENTENCIA DE UN JUICIO CIUDADANO LOCAL.

1 /octubre /2020 / Sala Regional Toluca 31/2020

Toluca de Lerdo, a

Sala Regional Toluca del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, la noche de este jueves, a través de sesión pública no presencial por videoconferencia, resolvió cuatro medios de impugnación correspondientes a un juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano, un juico electoral, un juicio de revisión constitucional electoral y un recurso de apelación.

En el juicio electoral se combatió el acuerdo del Presidente del Tribunal Electoral del Estado de México dictado en el incidente de inejecución de sentencia de un juicio ciudadano local, el cual se revocó por unanimidad de votos.

El Pleno de Sala Regional Toluca consideró que la normativa vigente en esa entidad federativa no dotaba de competencia al citado funcionario jurisdiccional para determinar por sí solo resolver sobre el cumplimiento o incumplimiento de una sentencia dictada por el Pleno de ese órgano jurisdiccional, ya que ello corresponde a la competencia originaria del Pleno de ese Tribunal Electoral, por tratarse del análisis sobre el cumplimiento de una sentencia.

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