SALA REGIONAL TOLUCA CONFIRMÓ LA SENTENCIA DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL ESTADO DE HIDALGO RELACIONADA CON CONVENIOS DE CANDIDATURA COMUN
7 /agosto /2020 / Sala Regional Toluca 17/2020
Toluca de Lerdo, a
El Pleno de la Sala desestimó la inconformidad del actor, porque aun y cuando alegaba haberse inscrito en el proceso interno de selección de candidatos de MORENA, ese instituto político había suscrito un convenio de candidatura común con otros partidos políticos con base en el derecho constitucional de autoorganización y autodeterminación.
A partir de ello, se determinó que en la postulación de las 25 candidaturas donde se elegirán a los integrantes de ayuntamientos en el Estado de Hidalgo, el municipio de Omitlán de Juárez quedó reservado para el Partido Verde Ecologista de México; siendo que en la convocatoria respectiva, se estableció que la decisión final sobre las candidaturas y sus registros estarían sujetos a lo previsto en el referido convenio; de ahí que unánimemente confirmó la sentencia impugnada.
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Quinta Circunscripción
Colima, Hidalgo, Estado de México y Michoacán