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Se confirma resolución relacionada con violencia política por razón de género en Ayuntamiento de Cuautla

2 /enero /2020 / Sala Regional Ciudad de México 1/2020

Ciudad de México

  • Se desechan demandas relativas a la separación del cargo como Presidente del Comité Directivo Estatal del PRI en Morelos

La Sala Regional Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó, por unanimidad de votos, la resolución del Tribunal Electoral del Estado de Morelos en la que ordenó, entre otros aspectos, al Ayuntamiento de Cuautla el pago de diversas remuneraciones y mantuvo la sanción impuesta al expresidente municipal por violencia política en razón de género.

Al dictar sentencia del juicio electoral SCM-JE-94/2019 y acumulados, el Pleno determinó que contrario a lo sostenido por el exregidor para que se le cubra el pago de las dietas, el Tribunal local no podía volver a pronunciarse sobre un tema que había sido analizado por esta Sala Regional y que se encontraba firme.

Respecto a la sanción al expresidente municipal por actos relativos a violencia política por razón de género, se concluyó que el Tribunal local sí realizó un análisis exhaustivo de los medios de prueba, con los cuales tuvo por acreditados los hechos que se le atribuyeron, tales como el utilizar expresiones contra la exsíndica que la denostaron por ser mujer, propiciar que se le negara información vinculada a su encargo y su integración plena a los trabajos del Ayuntamiento; todo lo cual, se consideró suficiente para confirmar la determinación del tribunal local en cuanto a la actualización de los parámetros de violencia política en razón de género.

Por lo tanto, este órgano jurisdiccional confirmó la resolución impugnada.

Se desechan demandas relativas a la separación del cargo como Presidente del Comité Directivo Estatal del PRI en Morelos

La Sala Regional desechó, por unanimidad de votos, las demandas relacionadas con la suspensión de la medida cautelar impuesta por la Comisión Nacional de Justicia Partidaria del Partido Revolucionario Institucional (PRI) a un militante y su separación del cargo como Presidente del Comité Directivo Estatal en Morelos.

Al resolver el juicio electoral SCM-JE-98/2019 y acumulado, la Sala Regional señaló que la parte actora pretendía la revocación de la medida cautelar mediante la cual, la magistrada del Tribunal Electoral del Estado de Morelos, de manera provisional, restituyó al militante en sus derechos partidistas y, en consecuencia, en el cargo de Presidente del Comité Directivo. No obstante, esa situación jurídica cambió, en tanto que el Pleno del Tribunal local se pronunció, en definitiva, dejando sin efectos la medida cautelar emitida por la Comisión de Justicia respecto a la suspensión de los derechos como militante y Presidente, así como la designación provisional en dicho cargo emitida por el Comité Ejecutivo Nacional del PRI.

En consecuencia, el Pleno de este órgano jurisdiccional resolvió desechar las demandas dado el cambio de situación jurídica que los ha dejado sin materia.