SALA REGIONAL TOLUCA MODIFICA Y SOLICITA AL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL LLEVE A CABO UNA NUEVA INDIVIDUALIZACIÓN DE LA SANCIÓN RELATIVO A LA REVISIÓN DE LOS INFORMES ANUALES DE INGRESOS Y GASTOS DEL PRD EN EL ESTADO DE MICHOACÁN CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO 2018.
11/diciembre /2019 / Sala Regional Toluca 51/2019
Toluca de Lerdo, a
En el juicio ciudadano 169 de este año, promovido por una candidata a presidenta del Comité Directivo Municipal del PAN en Nezahualcóyotl, EL Pleno confirmó la sentencia del Tribunal Electoral del Estado de México al desestimarse los motivos de inconformidad.
Respecto a la antigüedad de la militancia para integrar la mesa de votación, lo expuesto en la demanda no controvirtió te eficazmente la interpretación estatutaria de la Comisión, en el sentido de que los 12 meses sólo deben exigirse para órganos de dirección o para participar activamente en las votaciones de las asambleas.
Por otro lado, al resolver el recurso de apelación 20 de este año, interpuesto por el Partido de la Revolución Democrática para controvertir la resolución emitida por el Consejo General del Instituto Nacional Electoral respecto de las irregularidades encontradas en el dictamen consolidado relativo a la revisión de los informes anuales de ingresos y gastos del partido en el Estado de Michoacán correspondiente al ejercicio 2018, los Magistrados de la Sala modificaron la resolución impugnada para que el Instituto Nacional Electoral lleve a cabo una nueva individualización de la sanción, y considere que la falta acreditada es formal, y por ende haga congruente la calificación de la infracción.
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Quinta Circunscripción
Colima, Hidalgo, Estado de México y Michoacán