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Se revoca resolución del INE relativa a la sanción a Movimiento Ciudadano por irregularidades en informe anual 2018 en Guerrero

4 /diciembre /2019 / Sala Regional Ciudad de México 65/2019

Ciudad de México

 

La Sala Regional Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó, por unanimidad de votos, la resolución del Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) relativa a una sanción impuesta al partido Movimiento Ciudadano por las irregularidades encontradas en la revisión de su informe anual de ingresos y gastos del ejercicio 2018 en Guerrero.

Al resolver el recurso de apelación SCM-RAP-38/2019, el Pleno determinó que asiste razón al partido actor debido a que no estuvo en aptitud de defenderse completamente, dado que en el segundo oficio de observaciones emitido por la Unidad Técnica de Fiscalización del INE, no se hizo de su conocimiento -como parte de su garantía de audiencia- el hecho de que una persona integrante de un órgano de dirección interna del partido, además, tiene el carácter de accionista de la persona moral con la cual contrató la compraventa de combustible, podría contravenir la Ley de Partidos.

En consecuencia, a fin de que se salvaguarde el derecho de audiencia, la Sala Regional revocó la resolución impugnada para que la autoridad electoral conceda un nuevo plazo al partido político para que manifieste lo que a su derecho convenga y emita una nueva resolución, en la que determine si la falta atribuida fue subsanada, o bien, si procede imponer una sanción, misma que deberá individualizarse de nueva cuenta, con la debida fundamentación y motivación.