Se confirma sanción impuesta por el INE al PRI relativa a la elección extraordinaria municipal en Cañada Morelos, Puebla
8 /agosto /2019 / Sala Regional Ciudad de México 42/2019
Ciudad de México
La Sala Regional Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), por unanimidad, confirmó la sanción impuesta por el Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) al Partido Revolucionario Institucional (PRI) en el dictamen consolidado de fiscalización, debido a que no se localizó el registro de la casa de campaña de su entonces candidata a la presidencia municipal de Cañada Morelos.
Al resolver el recurso de apelación SCM-RAP-26/2019, el Pleno determinó que no le asiste la razón al partido actor porque el registro de la casa de campaña no solo se hizo fuera del plazo que legalmente tenía para realizarlo, sino que además, tampoco exhibió la documentación soporte que justifique la razón o el origen de la aportación de ésta a la candidatura, lo cual así le fue requerido por la autoridad electoral.
Se concluyó también que el registro del bien inmueble como casa de campaña debe coincidir necesariamente con el periodo de campaña relativo al proceso electoral extraordinario.
En consecuencia, la Sala Regional confirmó la sanción impuesta por el INE al partido actor relativa a la elección municipal, y sobreseyó la sanción correspondiente a la presunta omisión de reportar diversos eventos en la agenda del candidato que postuló para gobernador en dicha entidad ya que la Sala Superior resolvió respecto a este último.