DIPUTADO LOCAL DE PUEBLA COACCIONÓ AL ELECTORADO: SALA ESPECIALIZADA DEL TEPJF
18/julio /2019 / Sala Regional Especializada 41/2019
Tlalpan
- Turnan sentencia a la Contraloría Interna del Congreso de Puebla, para que determine lo que corresponda
La Sala Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó que Ángel Gerardo Islas Maldonado, diputado local de Puebla, coaccionó al electorado para obtener su voto.
Asimismo, las magistradas y el magistrado resolvieron en sesión pública que, al beneficiarse de esto, Manuel Ismael Gil García, entonces candidato a presidente municipal de Tepeojuma, y el Partido del Trabajo también tienen responsabilidad indirecta.
Se llegó a esta conclusión, luego que el PRI denunció que el legislador entregó dinero en cheques (con logos y una leyenda del Congreso de Puebla) para la construcción de un templo religioso y a favor de una telesecundaria, durante dos eventos en el municipio de Tepeojuma.
Por mayoría, se resolvió que, aunque no se acreditó que los recursos entregados provinieran del erario, Islas Maldonado presionó al electorado para obtener su voto y vulneró el principio de imparcialidad, ya que hizo manifestaciones para pedir el voto a favor del PT, de Gil García y de Miguel Barbosa (entonces candidato y hoy gobernador electo del estado de Puebla), en el evento del 11 de mayo, en el que entregó apoyo para la construcción de la capilla.
Con el fallo se determinó también que el diputado local es responsable de difundir propaganda gubernamental en sus cuentas de Facebook y Twitter, en el periodo campaña y veda electoral, dado que publicó los eventos. Por estas faltas, se da vista de la sentencia a la Contraloría Interna del Congreso de Puebla, para que determine lo que corresponda.
Por la responsabilidad de Manuel Ismael Gil García y del PT, a cada uno se le impone una multa de $4,224 pesos.
También se envía la sentencia a la Unidad Técnica de Fiscalización del INE, para que determine lo que corresponda, y a la Sala Regional Ciudad de México, porque esta resolución se relaciona con el expediente relativo a la nulidad de la elección municipal de Tepeojuma.
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