header

La SRCDMX confirma nulidad de la elección en el pueblo originario de San Pedro Mártir, Tlalpan

4 /julio /2019 / Sala Regional Ciudad de México 36/2019

Ciudad de México

  • Se modificó la resolución local relativa a la expulsión de una ciudadana del Partido Socialdemócrata de Morelos.

La Sala Regional Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, modificó, por unanimidad de votos, la resolución del Tribunal Electoral de la Ciudad de México relativa a la declaración de nulidad de la elección de la persona representante tradicional del pueblo originario de San Pedro Mártir de la alcaldía de Tlalpan.

En sus demandas, el entonces candidato ganador señaló que el tribunal local efectuó una indebida valoración de las pruebas con las que declaró nula la elección. Por su parte, la entonces candidata consideró que el nuevo proceso ordenado por el tribunal local debió considerar la renovación de la integración de la Junta Cívica; autoridad interna que realiza la elección.

Al resolver los juicios ciudadanos SCM-JDC-141/2019 y acumulado, la magistrada y los magistrados consideraron que, contrario a lo sostenido por el actor, el tribunal local correctamente determinó que se actualizaba la causal de nulidad relativa a la existencia de irregularidades que transgredieron los principios rectores del proceso, entre estas, el cambio de sede para realizar el cómputo final, así como la manipulación de la documentación electoral.

Asimismo, determinaron que le asiste la razón a la actora respecto a la conformación de la Junta Cívica, pues ésta es parte integral del proceso para la elección de la persona representante, constituyendo una misma elección que inicia con la designación de la autoridad interna.

Por lo tanto, el Pleno confirmó la nulidad de la elección y modificó los efectos ordenados para que, en principio, el pueblo originario determine qué personas o autoridad organizará la elección.

Se modificó la resolución local relativa a la expulsión de una ciudadana del Partido Socialdemócrata de Morelos.

En el juicio de revisión constitucional SCM-JRC-12/2019, la Sala Regional modificó, por mayoría, la resolución del Tribunal Electoral del Estado de Morelos que, entre otras cosas, dejó sin efectos el oficio del representante del Partido Socialdemócrata ante el Congreso local en el cual informaba que la diputada Naida Josefina Roca dejó de pertenecer a dicha fracción parlamentaria y, que vinculaba a la Junta de Coordinación Política y de Gobierno a dejar sin efectos las consecuencias que pudieran derivar del oficio.

El Pleno resolvió que no le asiste la razón al partido local cuando se inconformó de haber respetado el debido proceso de la actora primigenia en una controversia intrapartidista. No obstante, se determinó dejar sin efectos la vinculación que el tribunal local hizo al órgano legislativo en torno a una temática que no es de naturaleza electoral sino del derecho parlamentario.

La magistrada María Silva Rojas emitió un voto particular en este asunto por considerar que el partido actor no tiene legitimación para acudir a este órgano jurisdiccional.