SALA REGIONAL CONFIRMA SENTENCIA DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL SAN LUIS POTOSÍ, AL DETERMINAR QUE UNA IMPUGNACIÓN, FUE PRESENTADA FUERA DEL PLAZO
9 /mayo /2019 / Sala Regional Monterrey 11/2019
Sala Regional Monterrey
El Pleno confirmó la resolución del Tribunal Electoral de San Luis Potosí, de desechar la queja presentada ante la Comisión de Justicia de un partido, que pretendía impugnar la asamblea electiva que declaraba a los titulares sustitutos de la Presidencia y de la Secretaría General del Comité Directivo para la conclusión del periodo estatutario 2016-2020. Lo anterior, porque el promovente sostenía que el plazo que debería considerarse era de 4 días después de haber tenido conocimiento de los hechos; sin embargo, la Sala confirmó el resolutivo de la Comisión, que desechaba la queja al considerarse que se presentó de manera extemporánea, porque el plazo para impugnar era en el término de 4 días después de haberse realizado la asamblea. Además, la Sala determinó que la falta de notificación no vulneró los derechos político-electorales del promoverte.
Por otra parte, en un diverso juicio ciudadano, los Magistrados de la Sala determinaron por unanimidad modificar la resolución dictada por el Tribunal de Justicia Electoral del Estado de Zacatecas, dejando sin efectos el cómputo estatal, el otorgamiento de la constancia de mayoría, así como la ratificación de la elección del Comité Directivo Estatal de un partido, además de llevar a cabo el recuento de los centros de votación impugnados y con esos resultados realizar el cómputo para, en su caso, solicitar la ratificación por parte del Comité Ejecutivo Nacional, pues, tras analizarse el desarrollo del cómputo, se advirtió que no siguieron las formalidades establecidas en su normativa.
Por lo anterior, se consideró que le asiste la razón al actor porque el Tribunal local limitó su análisis a la causa de error o dolo, sin verificar si las actas que reflejan el resultado del escrutinio y cómputo, fueron llenadas siguiendo las formalidades establecidas en la norma, por lo que dichas actas carecen de certeza respecto a los resultados ahí plasmados.
Durante la sesión, el Pleno resolvió 3 juicios para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano.
La Sala Monterrey del TEPJF es la instancia federal encargada de impartir justicia electoral dentro de la segunda circunscripción electoral que comprende los estados de Aguascalientes, Coahuila, Guanajuato, Nuevo León, Querétaro, San Luis Potosí, Tamaulipas y Zacatecas. Está integrada por el magistrado Ernesto Camacho Ochoa, quien la preside, la magistrada Claudia Valle Aguilasocho y el magistrado Yairsinio David García Ortiz.
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