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SALA TOLUCA CONFIRMA REGISTRO DE PLANILLA QUE CONTENDIÓ POR LA DIRIGENCIA DEL PAN EN MICHOACÁN

27/marzo /2019 / Sala Regional Toluca 11/2019

Toluca de Lerdo, Edo., de Méx

 La tarde de este miércoles 27 de marzo, la Sala Regional Toluca del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación del (TEPJF), analizó y resolvió dos juicios para la protección de los derechos político-electorales de los ciudadanos, así como cinco recursos de apelación en el Estado de Michoacán, Hidalgo y Colima.

 Al analizar el juicio ciudadano 20, de este año, promovido contra la sentencia del Tribunal Electoral del Estado de Michoacán por la que se revocó el acuerdo de registro a una planilla para contender por la dirigencia del PAN, en dicha entidad, el Pleno de la Sala Regional Toluca consideró que la sentencia antes mencionada no cumplió con los principios de exhaustividad y congruencia. En razón de lo anterior, los magistrados revocaron el acto impugnado determinando que el requisito de separarse de cualquier cargo público de elección o designación, para participar como candidato interno no tiene un fin constitucionalmente legitimo; por ende, el Pleno declaró su invalidez. Por tal motivo el registro de la planilla se confirmada.

Por lo que respecta al juicio ciudadano 25 de este año, promovido para impugnar el acuerdo emitido por el Tribunal Electoral del Estado de Colima en el que se declara incompetente para resolver e iniciar los debidos procedimientos para sancionar la supuesta omisión de la renovación de las autoridades auxiliares en el municipio de Manzanillo, el pleno de la Sala Regional confirmó el acuerdo antes mencionado, incluyendo la vista al Congreso del Estado de Colima para que actué en el ámbito de sus atribuciones.

Al analizar los recursos de apelación 3 y 4 de este año, interpuestos por el Partido Revolucionario Institucional (PRI) a fin de revocar las determinaciones que emitió el Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) consolidadas de la revisión de los informes anuales de ingresos y gastos del partido correspondientes al ejercicio 2017 en el Estado de Colima, los magistrados del Sala, ordenaron a la autoridad responsable emitir una nueva determinación en un plazo de 15 días hábiles, e informar a esta Sala Regional sobre el cumplimiento de la resolución en un plazo de 24 horas posteriores a que ello ocurra. Debido a que encontraron inconsistencias en ambos dictámenes.
Finalmente, en los recursos de apelación 5, 8 y 9, todos de 2019, por el que se confirmó lo que fue materia de impugnación la resolución emitida por el Consejo General del INE respecto de las irregularidades encontradas en el dictamen consolidado de la revisión de los informes de ingresos y gastos de los partidos políticos en 2017: Verde Ecologista de México, Partido del Trabajo en y Acción Nacional en los estados de Michoacán e Hidalgo, el Pleno de la Sala Toluca, confirmó por unanimidad de votos los acuerdos impugnados.

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